La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) reguló la manera como se llevarán a cabo las elecciones primarias mediante las cuales los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales definirán las candidaturas que competirán en las elecciones regionales y municipales 2026.
Deberán someterse a este proceso quienes aspiren a ocupar los cargos de gobernador, vicegobernador o consejero regional; alcalde o regidor provincial; alcalde o regidor distrital.
El reglamento que regirá las elecciones primarias previas a los comicios subnacionales establece que las
organizaciones políticas deberán escoger una modalidad de elección primaria y comunicársela a la ONPE, a más tardar, el 16 de febrero. En esta comunicación se precisará la norma interna –contenida en el estatuto o reglamento de la agrupación– que sustente la adopción de dicha modalidad.
Modalidades
Las opciones serán las mismas que tuvieron las organizaciones políticas para las elecciones primarias correspondientes a los comicios generales:
a) Elección de candidatos mediante el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de afiliados y ciudadanos inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta.
b) Elección de candidatos mediante el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de afiliados.
c) Elección de candidatos mediante el voto de los delegados elegidos previamente por el voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de afiliados.
El 17 de mayo de 2026 votarán todos: los electores de las modalidades a y b para elegir candidatos, y los electores de la modalidad c, para elegir delegados. Estos delegados irán a las urnas una semana más tarde, el 24 de mayo, para finalmente definir las candidaturas. Las agrupaciones políticas, y no la ONPE, serán las responsables de organizar la votación destinada a elegir delegados.
Requisitos
El reglamento de la ONPE señala que
las organizaciones políticas determinan los requisitos, la forma de presentación de candidaturas ante su órgano electoral central y el número de sus postulantes, de acuerdo con su normativa interna y la legislación vigente. Y añade que
podrán ser candidatos en las elecciones primarias las personas
que se hayan afiliado a la agrupación respectiva hasta el 7 de octubre del 2024 y estén incluidas en el
Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Con respecto a los electores, solo podrán votar quienes formen parte de los padrones elaborados por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y aprobados por el JNE.
Para los procesos subnacionales, incluyendo las elecciones primarias, se deben tener en cuenta estas particularidades:
· Además de respetarse la paridad y alternancia de género (50 % de hombres y 50 % de mujeres, ubicados de manera intercalada), se deberá considerar una cuota para jóvenes (no menos del 20 % de menores de 29 años) y, en las circunscripciones donde existan comunidades nativas y pueblos originarios, sus representantes deben ocupar, cómo mínimo, un 15 % de la lista.
· Una vez culminadas las elecciones primarias, la ONPE remitirá los resultados al JNE y a las organizaciones políticas para que estas puedan elaborar sus listas de candidatos e inscribirlas ante los Jurados Electorales Especiales. El porcentaje de candidatos designados, que podrán ser incluidos en dichas listas sin haber pasado por los comicios primarios, será del 30 %.
(FIN) NDP/JCC/CVC
JRA
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Publicado: 4/12/2025