El pleno del Congreso aprobó en primera votación la ampliación del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) hasta diciembre del 2026. Conoce los alcances de la nueva ley.
De acuerdo con el Reglamento del Congreso esta iniciativa será materia de una segunda votación transcurrido siete días calendario.
La iniciativa modifica el Decreto Legislativo 1293 que regula la formalización de la pequeña minería y minería artesanal.
La medida principal extiende el proceso de formalización minera integral y suspende las exclusiones del Reinfo, salvo en casos de minería ilegal o en zonas no autorizadas.
¿Qué dice la nueva propuesta aprobada?
-Ampliación del Reinfo hasta el 31 de diciembre del 2026. Su vigencia era hasta el 31 de diciembre del 2025.
Según la propuesta aprobada, el proceso de formalización minera integral de la pequeña minería y minería artesanal tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento.
La Ley MAPE se encuentra pendiente de debate y aprobación en la Comisión de Energía del Congreso.
-No se aprobó la reincorporación de 50 mil registros excluidos del Reinfo al ser rechazada la primera disposición complementaria transitoria, que proponía el retorno de mineros previamente excluidos del registro.
-Se rechazó una propuesta para incorporar la prohibición del uso del mercurio en minería informal, incluida en la primera disposición complementaria final.
Durante el nuevo periodo de vigencia, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) asumirá el rol de ente rector del proceso de formalización, en coordinación con los gobiernos regionales.
La norma establece que el Minem debe implementar mecanismos de simplificación administrativa, asistencia técnica, supervisión ambiental y fortalecimiento institucional.
Se ordena además la transferencia del acervo documentario del proceso desde los gobiernos regionales al Minem. Esta acción deberá cumplirse en un plazo máximo de 60 días desde la entrada en vigor de la ley.
Supervisión ambiental
Añade que habrá una supervisión ambiental y social “de las actividades en proceso de formalización”, con el fin de garantizar la culminación efectiva del proceso, la seguridad jurídica de los operadores, la sostenibilidad ambiental de las actividades y la transición ordenada hacia el nuevo marco legal.
Según el presidente de la Comisión de Energía, Víctor Cutipa (JP-VP-BM), quien sustentó el dictamen, la propuesta responde a la necesidad objetiva de garantizar la continuidad del proceso de formalización minera integral en el país, a través del Reinfo.
Indicó que a la fecha existen miles de pequeños mineros y mineros artesanales en condición de informalidad, pese a haber iniciado procedimientos ante el Estado.
En ese sentido, la ampliación del plazo busca evitar que en este sector quede excluido de manera automática lo que generaría impactos negativos en el ámbito laboral, económico y ambiental, consideró.
Añadió que la iniciativa permite preservar la seguridad jurídica de los actores involucrados y consolidar los avances alcanzados en las políticas de formalización. En cuanto a la viabilidad, la propuesta se sustenta en precedentes normativos tanto nacionales como comparados.
Ubicación real y censo nacional obligatorio
Una de las obligaciones claves para los mineros inscritos en el Reinfo será el sinceramiento obligatorio de ubicación georreferenciada.
Tendrán 120 días para declarar su ubicación real mediante la Ventanilla Única del Minem. La validación técnica estará a cargo del sector.
Asimismo, se ordena un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, coordinado por el INEI junto con el Minem y el Ingemmet. Este deberá iniciarse en un plazo máximo de seis meses y culminar dentro de los doce meses siguientes.
Mayor control
El texto aprobado modifica el Decreto Legislativo 1107 para reforzar el control en la cadena de suministro.
A partir de su entrada en vigor, todo comprador de productos mineros estará obligado a verificar el origen del mineral, el estado de la concesión y la inscripción en registros como el Reinfo.
Se deberá presentar documentación sobre el vendedor, el código único de concesión, y la autorización vigente de explotación. Estas medidas buscan frenar el ingreso de mineral ilegal al mercado formal.
(FIN)HTC/CVC
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