Se vence el plazo. Como cada año los empleadores del sector privado tienen hasta el 15 de noviembre para efectuar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo semestral que va de mayo a octubre del 2025.
La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual y les corresponde a todos los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tengan como mínimo un mes completo de servicios entre mayo y octubre para el depósito de la CTS de noviembre del 2025.
“En el caso de las medianas y grandes empresas si el trabajador ha laborado el período semestral completo le corresponde el 50% de la remuneración más un sexto de la gratificación recibida en julio del 2025. De lo contrario, solo percibirá un sexto del sueldo por cada mes laborado, incluyendo el sexto de la gratificación percibida en julio”, explicó el Socio del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos.
Pequeñas empresas
En el caso de las pequeñas empresas, si la empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS conforme a la regla general que rige para la mediana y gran empresa.
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Mientras que, si la empresa sí está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS de acuerdo con el régimen general, y aquellos contratados luego de la inscripción, recibirán la CTS computada a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios hasta alcanzar un máximo de 90 remuneraciones diarias.
“Los trabajadores del régimen agrario tienen la CTS incluida en su remuneración diaria, equivalente al 9.72 % de la remuneración básica. En tanto, los trabajadores del hogar acceden a este beneficio bajo las mismas condiciones que establece el régimen laboral común”, indica el socio de EY Perú.
¿Cuáles son las sanciones si no se realiza el pago?
No depositar íntegra y oportunamente la CTS, o no efectuar el pago de la CTS, se considera una infracción grave pasible de ser sancionada con una multa que oscila entre 8,399.50 soles a 139,742 soles para una empresa no mype.
En caso se trate de una pequeña empresa las multas pueden oscilar entre 2,407.50 soles hasta 24,075 soles.
Es importante precisar que esta obligación, que recae en el empleador, debe llevarse a cabo mediante depósito en la cuenta del sistema financiero o bancario que haya elegido y comunicado el trabajador. "En forma adicional, el empleador está obligado a entregar al trabajador una liquidación de cálculo del beneficio", señaló.
Plazo para el retiro
De acuerdo con la Ley 32322 es posible retirar el 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2026.
“Sin embargo, en caso de que el trabajador padezca una enfermedad terminal, o cáncer, puede retirar la CTS en cualquier momento acreditando su condición”, concluyó Mauricio Matos, Socio de EY Perú.
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(FIN) JJN/JJN
Publicado: 14/11/2025