El original del recibo de consumo, un formato específico y una copia del DNI son los documentos exigidos para efectuar un reclamo por cobros indebidos o deficiente servicio ante las empresas prestadoras del servicio de agua potable y alcantarillado en nuestro país.
Voceros de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) recordaron que el primer paso para realizar el reclamo es acercarse a la compañía que brinda el servicio y solicitar el Formato N° 2, para precisar el motivo del reclamo. Junto con este documento se deben presentar los otros dos mencionados.
El usuario tiene un plazo de 60 días calendario, desde el vencimiento de su recibo, para dejar constancia de la queja.
Recomendaron que el usuario esté presente durante las inspecciones que se programen en su vivienda a fin de verificar el estado de sus instalaciones sanitarias, así como en las reuniones de negociación con la empresa si fuera el caso.
Si el reclamo es denegado, se pueden aportar nuevas pruebas mediante un recurso de reconsideración.
Apelación
Si el usuario no está conforme con el resultado tiene 15 días útiles para apelar. En ese caso, la empresa prestadora del servicio enviará el expediente al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Sunass (Trass), ubicado en Lima. Esta instancia tiene hasta 35 días útiles para resolver la controversia.
Para mayor información, los usuarios en Lima y Callao pueden acercarse a la oficina principal de Sunass, en la avenida Bernardo Monteagudo 210-216, Magdalena del Mar. La atención es de lunes a viernes de 08:30 a 17:00 horas.
La función de la Sunass, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a escala nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa.
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