El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó las normas reglamentarias para reactivar la comisión evaluadora de deudas del Estado en el sector Educación y garantizar la continuación del proceso extraordinario de atención del pago de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada.
Mediante
Decreto Supremo 160-2026-EF, publicado hoy en el Diario Oficial
El Peruano, se aprobaron las
normas reglamentarias para la aplicación de la Sétima Disposición Complementaria Final de la ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática, y dicta otras medidas (Ley 32732).
Las normas reglamentarias, que constan de 5 capítulos y 17 artículos, permiten reactivar la comisión evaluadora con el propósito de que elabore y apruebe el listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2025, correspondientes al sector Educación.
El listado se elaborará sobre la base de la información presentada por los pliegos del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, financiados con recursos ordinarios, y que cumplan los procedimientos y plazos establecidos en las normas reglamentarias.

La cancelación y/o amortización de deudas se realiza hasta por la suma de 20,000 soles por beneficiario del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.
La comisión evaluadora estará conformada por 5 representantes del MEF, uno de los cuales la preside, y 3 delegados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; además tiene un plazo de 60 días hábiles desde el inicio de sus funciones para elaborar y aprobar el listado complementario de las sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2025 del sector Educación.
Las reglas de priorización y las condiciones preferentes de atención de pago para la elaboración del listado complementario son establecidas por el Ministerio de Educación, considerando que el monto total no debe superar la suma de 85 millones de soles.
Las normas reglamentarias mencionadas se publican en las sedes digitales del MEF (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus).
Publicado: 18/8/2026