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Allanamientos en investigación a Martín Vizcarra fueron por requerimiento de Fiscalía

Precisa el Ministerio Público en comunicado

ANDINA/Vidal Tarqui

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08:56 | Lima, mar. 18.

La Fiscalía de la Nación precisó que las diligencias de allanamientos realizadas hoy en los domicilios del expresidente, Martín Vizcarra, se ejecutaron por requerimiento del Ministerio Público y autorizadas por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de la República.

En comunicado, la Fiscalía de la Nación informó a la ciudadanía que la investigación contra Martín Alberto Vizcarra Cornejo y Edmer Trujillo Mori, por la presunta comisión de los delitos de organización criminal y colusión en agravio del Estado, ha iniciado el 20 de febrero de 2024. 

"Siendo ello así, las diligencias de allanamientos se ha ejecutado en mérito al requerimiento efectuado por el Ministerio Público y autorizado por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de la República", señaló el Ministerio Público en la red social X. 

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El Ministerio Público se pronunció en un comunicado, luego el expresidente Vizcarra afirmara que solicitó voluntariamente a esta institución la inspección de su domicilio, que se realizó desde la madrugada de este lunes 18 de marzo 2024. 

El exmandatario dijo también que autorizó el levantamiento de mi secreto bancario y de comunicaciones.

A Martín Vizcarra se le investiga por ser presunto autor del delito de organización criminal e instigador del delito de colusión; mientras que va a Edmer Trujillo Mori en su condición de presunto autor de los delitos de organización criminal y colusión. 

La Fiscalía de la Nación, a través del Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, ejecutó desde las 03.00 horas el operativo simultáneo "Valkiria VIII"en Lima y Moquegua.

Inicio de la diligencia


La Fiscalía de la Nación aclaró también que, durante la ejecución de los allanamientos a las viviendas de Martín Vizcarra, este investigado solicitó -al fiscal a cargo de la diligencia- cambiarse la ropa de dormir, permitiéndosele ingresar a su habitación acompañado de un efectivo policial.

Esto se dio en razón a que la misma resolución del Poder Judicial exhorta al Ministerio Público a respetar el pudor de los imputados durante la diligencia, conforme a lo establecido en el artículo 216 del Código Procesal Penal.

(FIN) RMCH/CVC
JRA

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Publicado: 18/3/2024