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Habrá feriado largo este fin de semana por combate de Angamos

¡Atención! El lunes 9 de octubre será día no laborable

Los fines de semana largos permiten escaparse de la rutina o resolver temas pendientes. Foto: ANDINA/ Eddy Ramos

Los fines de semana largos permiten escaparse de la rutina o resolver temas pendientes. Foto: ANDINA/ Eddy Ramos

11:20 | Lima, oct. 6.

Los fines de semana largos son momentos esperados por muchos, porque brindan la posibilidad de alejarse de la rutina, hacer un viaje corto o terminar de hacer algo que estaba pendiente debido al trabajo o los estudios.


En esta ocasión, la suma de un nuevo feriado no laborable compensable, de un feriado calendario y del descanso propio del fin de semana permitirá a algunos trabajadores disfrutar de unas próximas "minivacaciones".

Feriado 8 de octubre


Este nuevo fin de semana largo se da a propósito del domingo 8 de octubre, feriado nacional por el combate de Angamos, el cual se suma al sábado 7 y al lunes 9, día no laborable decretado por el Gobierno.

De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, el 8 de octubre próximo será feriado nacional en conmemoración del combate de Angamos, la batalla naval más representativa de nuestro país, día en que el almirante Miguel Grau Seminario, al mando del monitor Huáscar, entregó su vida con honor en un memorable acontecimiento para nuestra historia.


Cuál es el pago por feriado


Según lo señalado por la Sunafil, si trabajas durante este feriado sin descanso sustitutorio tienes derecho a triple pago, que corresponde a:

1) La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que percibes).

2) La remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.

3) Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.


Día no laborable 9 de octubre


Asimismo, el Decreto Supremo 151-2022-PCM establece que el lunes 9 de octubre será día no laborable.

Este descanso es aplicable para los trabajadores del sector público y, a diferencia de un feriado calendario, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.

Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.


Feriados calendarios y no laborables que restan en el 2023


Domingo 8 de octubre: combate de Angamos

Lunes 9 de octubre: día no laborable

Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos

Jueves 7 de diciembre: día no laborable

Viernes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

Sábado 9 de diciembre: batalla de Ayacucho

Lunes 25 de diciembre: Navidad

Martes 26 de diciembre: día no laborable

Lunes 1 de enero: Año Nuevo 2024


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(FIN) DOP/LIT
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Publicado: 6/10/2023