Estado de emergencia en Lima y Callao: Gobierno dispone cambios y medidas complementarias

Se usarán imágenes satelitales para monitoreo en zonas de riesgo; los cadetes del último año apoyarán labores

El Gobierno disponde medidas adicionales para optimizar la efectividad del estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao. Foto: ANDINA/Ricardo Cuba

El Gobierno disponde medidas adicionales para optimizar la efectividad del estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao. Foto: ANDINA/Ricardo Cuba

21:43 | Lima, nov. 7.

El Gobierno hizo modificaciones y dictó medidas complementarias en el estado de emergencia declarado en Lima Metropolitana y en la provincia constitucional del Callao como parte de los esfuerzos en la lucha contra la crimiladidad, con el fin de optimizar la efectividad de las acciones adoptadas.

El Decreto Supremo 127-2025-PCM, publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 del Decreto Supremo 124-2025-PCM, que declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao, en octubre pasado.

Una de las novedades es que el Comité de Inteligencia, que se conformará, con apoyo de la Agencia Espacial del Perú (Conida), utilizará las imágenes satelitales para el monitoreo en zonas de riesgo y control territorial en apoyo a la Policía Nacional del Perú (PNP) y Fuerzas Armadas en tanto dure el estado de emergencia.

Además, los cadetes del último año de las escuelas de oficiales y los alumnos de último año de las Escuelas de Suboficiales de la Policía Nacional del Perú apoyarán en las labores administrativas y operativas de las comisarías, siempre bajo la supervisión de sus superiores y otras que disponga del Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) que se creará.

Las escuelas de formación de las Fuerzas Armadas podrán realizar marchas de campaña e instrucción en las zonas determinadas por el CCO, con fines de entrenamiento, presencia disuasiva y apoyo a las acciones cívico-militares. Las actividades se desarrollarán bajo estrictas medidas de seguridad y en coordinación con las autoridades locales y policiales.

En sesión permanente

Mediante el decreto supremo se declara en sesión permanente en tanto dure el estado de emergencia al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec), al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (Coresec) de Lima Metropolitana y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (Coprosec) del Callao, al Consejo Nacional de Política Criminal (Conapoc) y al Comando y los comités constituidos.

El Conasec, presidido por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), podrá solicitar cooperación técnica internacional, de acuerdo a la ley de la materia, para evaluación de estrategias y fortalecimiento de capacidades en investigación e inteligencia.

Comando de Coordinación

Además, convocará a sesiones semanales al Comando de Coordinación Operativa Unificada, el mismo que presentará un informe consolidado sobre los resultados de la declaratoria del estado de emergencia. El presidente del Consejo de Ministros informará al Consejo de Ministros.

El CCO será presidido por el comandante general de la PNP y conducirá las acciones de seguridad destinadas a restablecer el orden interno, reducir los índices de criminalidad y garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Se conforman el Comando y los comités con los titulares de cada entidad, cuya participación es indelegable, dentro de las 24 horas de entrada en vigencia del presente decreto; la información y acuerdos adoptados en los comités sobre patrullajes, operativos y otros de sus competencias, relacionados a hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia, se clasifican como información de carácter reservado, de ser el caso, conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 27806).

El Comando y cada comité constituido establecen un centro de coordinación permanente (24 horas por 7 días) que integre recursos humanos y tecnológicos necesarios. Todos disponen de las fuerzas integradas para sus actividades.

Para el cumplimiento de su objetivo, el CCO contará con el apoyo del Comité de Coordinación Distrital (CCD), el Comité de Inteligencia (CI), el Comité de Fiscalización (CF), el Comité de Comunicación Estratégica (CCE) y las Fuerzas Integradas (PNP, FF. AA., Serenazgo) de Lima y Callao.

El decreto supremo refiere que habrá un sistema unificado de datos sobre criminalidad y operativos, a través de una plataforma digital de interoperatibilidad de las entidades involucradas.

Se precisa que el presente decreto supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario El Peruano, y se aplica dentro del periodo de vigencia establecido por el DS 124-2025-PCM, que declara el estado de emergencia en Lima Metropolitana y en la provincia constitucional del Callao.

"El Decreto Supremo 124-2025-PCM mantiene plena vigencia en todos los extremos que no hayan sido modificados, sustituidos o incorporados por las disposiciones del presente decreto supremo", anota la norma.


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(FIN) JOT

Publicado: 7/11/2025