Entregan padrones para Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados

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Reniec entrega padrones para Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026:

Reniec entrega padrones para Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026:

12:08 | Lima, feb. 24.

En el marco de las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026, que se realizarán el 1 de noviembre próximo, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) entregó los padrones electorales a 180 municipalidades provinciales, habilitando a 3 210 744 electores para participar en estos comicios.

Los padrones elaborados por el Reniec corresponden a 3266 municipalidades de centros poblados distribuidos en 180 municipios provinciales de todo el Perú.

Elecciones de Municipalidades de Centros Poblados 2026: qué autoridades se eligen

En las elecciones de autoridades de cada municipalidad de centro poblado se elige un alcalde y cinco regidores, quienes postulan en lista completa y son elegidos por un periodo de cuatro años. Se realizan por voto personal, libre, igual y secreto de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral elaborado y actualizado por el Reniec.

Las autoridades de centros poblados, que cumplen un mandato de cuatro años, son responsables de la administración y ejecución de funciones y servicios públicos locales. 

Regiones con mayor número de votantes, según los padrones del Reniec

De acuerdo a los padrones electorales, remitido el 19 de febrero último a los municipios de acuerdo al plazo electoral, las regiones con mayor cantidad de votantes son Cajamarca, con 467 438 electores, seguido de La Libertad (290 150), Puno (266 269), Piura (259 869), Huánuco (243 454) y Áncash (200 923).

Le siguen Cusco con 192 855, San Martín (164 434), Huancavelica (154 915), Junín (144 165), Apurímac (139 668), Ayacucho (126 487), Amazonas (105 989), Lambayeque (90 589), Lima (675 546), Loreto (61 073), Pasco (59 793), Ucayali (39 480), Tumbes (36 343), Arequipa (33 784), Moquegua (26 522), Madre de Dios (22 732), Tacna (9305) e Ica (6961).

Marco legal de las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados

De acuerdo con el artículo 130 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el alcalde provincial es el responsable de la ejecución del proceso electoral para la elección de autoridades municipales de centros poblados, en coordinación con los alcaldes distritales y bajo la supervisión del Jurado Nacional de Elecciones y el Reniec.

El proceso electoral se sustenta en la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados (Ley N.° 28440), la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 27972), el Reglamento RE-007-DRE/004 para la elaboración del padrón electoral 2026, así como en el Reglamento marco aprobado mediante la Resolución N.° 0749-2025-JNE y el cronograma establecido por la Resolución N.° 000001-2026-GG/ONPE.

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(FIN) NDP/RES


Publicado: 24/2/2026