La Contraloría General de la República detectó que al menos cien directivos de libre designación y remoción del Gobierno Regional de Junín, así como de 27 municipalidades provinciales y distritales, no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.
Así se lo señala el
Informe N° 21998-2023-CG/GRLIM-SOP, que es el resultado del operativo nacional
“Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública”.
En la región Junín, el ente de control, intervino en 35 entidades públicas, entre las cuales figura el Gobierno Regional(GORE) Junín, donde se revisaron los legajos de 35 directivos de segundo y tercer nivel, dando como resultado que en nueve casos no se acreditó el cumplimiento de requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia.
Asimismo, en las municipalidades provinciales de Chanchamayo (7 directivos), Concepción (8), Jauja (4), Junín (3), Satipo (3), Tarma (4) y Yauli (6).
También en los gobiernos locales de Ahuac (3), Chilca-Huancayo (1), Chupuro (2), Hualhuas (2), Huamancaca Chico (1), Huancán (4), Huayucachi (2), Pangoa (3), Perené (1), Pilcomayo (2), Pucará-Huancayo (3), Quilcas Huancayo (3), San Agustín (1), San Jerónimo de Tunán (4), San Ramón (3), Santa Rosa de Sacco (3), Saño (3), Sapallanga (5), Sicaya (5), Tres de Diciembre (1) y Yauli Yauli (4).
En total se revisaron los
legajos de 256 directivos públicos de Junín y se advirtieron 127 situaciones adversas para que las entidades adopten las acciones competentes a efectos de cumplir la
Ley N° 31419, que establece una serie de disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.
El informe de la Contraloría revela además que Junín encabeza la lista de regiones con mayor número de entidades (29) que designaron directivos públicos sin acreditar el cumplimiento de requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia, según lo establecido en la Ley N° 31419 y su reglamento, y/o los documentos de gestión de las entidades supervisadas.
Asimismo, Junín está en el segundo lugar en entidades (19) que sobrepasaron el límite del 5% del total de cargos o puestos existentes para la designación de servidores de confianza.
Este hecho no es acorde con la normativa vigente, la cual busca una administración pública moderna, jerárquica, profesional, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a los usuarios, señala la Contraloría.
Otro hecho que causa preocupación es que, de 35 entidades supervisadas en la región, 31 no cuentan con procedimientos formales de verificación de perfiles y/o directivos, entre ellos el Gobierno Regional y las municipalidades provinciales de Chanchamayo, Chupaca, Concepción, Huancayo, Junín, Satipo, Tarma y Yauli, entre otras distritales.
Cabe señalar que la toma de decisiones en las entidades del Estado son realizadas por los funcionarios o directivos públicos, que forman parte de la plana gerencial que emiten actos administrativos y de administración interna.
Dichos actos "deben ser realizados acorde a la idoneidad que exige el ejercicio de dichas funciones, puesto que de no ser así, el correcto funcionamiento de la administración pública se encontraría en riesgo; o en otras situaciones, podrían ocasionar perjuicio a las entidades”.
Por ello, la Ley 31419 y su Reglamento establecen las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y que ha permitido -entre otros aspectos-, establecer requisitos mínimos exigibles a quienes aspiren acceder a estos cargos públicos y que debió haber sido objeto de revisión previa en las designaciones realizadas por las autoridades del Gobierno Regional y locales.
Recomendaciones
En base a estos resultados, la Contraloría recomendó a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) evaluar la pertinencia de brindar acceso a las plataformas de debida diligencia del sector público a los jefes de los Órganos de Control Institucional (OCI) de la Contraloría, lo cual permitirá contribuir a las labores de control gubernamental.
Mientras que a SERVIR(Autoridad Nacional del Servicio Civil) se recomendó que, en el marco de la Ley N° 31419 y su reglamento, evaluar la emisión de una normativa actualizada con relación a la gestión de legajos de las entidades públicas, puesto que el Manual Normativo de Personal N° 005-94-DNP “Legajo de Personal” se encuentra desactualizado.
Asimismo, en el marco de sus atribuciones, se le sugirió realizar las acciones de supervisión que correspondan para asegurar el cumplimiento de los requisitos de directivos públicos establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento por parte de las entidades comprendidas en el presente informe, y así minimizar los riesgos advertidos e identificados durante el operativo.
Finalmente, se sugirió fortalecer las acciones de monitoreo y supervisión a las entidades públicas para prevenir el eventual incumplimiento del límite legal de cargos de confianza, que en ningún caso deberá ser mayor al del 5% del total de cargos o puestos existentes para las designaciones de servidores de confianza o el número máximo de 50.
Datos
Fueron 35 entidades de la región Junín supervisadas en el marco del operativo nacional "Verificación de requisitos e impedimentos para el acceso y ejercicio de la función pública”, como el Gobierno Regional Junín, las municjpalidades distritales de Ahuac, Chilca-Huancayo, Chupuro, El Tambo, Hualhuas, Huamancaca Chico, Huancán, Huayucachi, Pangoa, Perené, Pilcomayo, Pucará-Huancayo, Quilcas-Huancayo y Río Negro.
Del mismo modo en San Agustín, San Jerónimo de Tunán, San Ramón, Santa Rosa de Sacco, Saño, Sapallanga, Sausa, Sicaya, Tres de Diciembre, Yauli-Yauli y Yauyos, así como las municipalidades provinciales de Chanchamayo, Chupaca, Concepción, Huancayo, Jauja, Junín, Satipo, Tarma y Yauli Yauli.
A nivel nacional, se supervisaron 554 entidades públicas, con el cual se pudo verificar que 1,584 directivos de libre designación y remoción pertenecientes a gobiernos regionales y municipalidades (provinciales y distritales) no acreditaron el cumplimiento de los requisitos mínimos de formación académica y/o experiencia establecidos en la Ley N° 31419 y su reglamento, así como en los documentos de gestión de sus respectivas entidades.
(FIN) PTM/JCB/MAO
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Publicado: 5/10/2023