Congreso oficializa norma que crea 20 universidades nacionales en varias regiones del país

Foto: ANDINA/difusión.

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08:00 | Lima, oct. 2.

El Congreso de la República oficializó hoy una norma que crea 20 universidades nacionales en las regiones de Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Lima, Moquegua, Puno, San Martín, La Libertad y Ucayali.

Esta medida se oficializa a través de la Ley 32461, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En tal sentido, se crean 20 universidades nacionales con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía académica, administrativa, económica y financiera; dedicadas a la investigación científica y tecnológica, formación profesional y difusión cultural, conforme a la Ley 30220, Ley Universitaria, y la Ley 28044, Ley General de Educación. 

Son las siguientes:

1. Universidad Nacional Amazónica de Sandia (UNAS), con sede en la provincia de Sandia (Puno).
2. Universidad Nacional Autónoma Bicentenario del Perú Parinacochas Coracora (Unabip), con sede en el distrito de Coracora, de la provincia de Parinacochas (Ayacucho).
3. Universidad Nacional Autónoma de Camaná, con sede en la provincia de Camaná (Arequipa).
4. Universidad Nacional Autónoma de Chiclayo, con sede en la provincia de Chiclayo (Lambayeque).
5. Universidad Nacional Autónoma de Olmos, con sede en el distrito de Olmos (Lambayeque).
6. Universidad Nacional Autónoma de Padre Abad de Ucayali, con sede en el distrito de Boquerón (Ucayali).
7. Universidad Nacional Chiriguana de Huancané, con sede en la provincia de Huancané (Puno).
8. Universidad Nacional de Ayaviri (Unay), con sede en el distrito de Ayaviri (Puno).
9. Universidad Nacional de Chincheros, con sede en la provincia de Chincheros (Apurímac).
10. Universidad Nacional de Chumbivilcas, con sede en el distrito de Santo Tomás (Cusco).
11. Universidad Nacional de Jauja, con sede en el distrito de Huertas (Junín).
12. Universidad Nacional de Nasca (Unasca), con sede en el distrito de Nasca (Ica).
13. Universidad Nacional Intercultural de Pangoa (UNIP), con sede en el distrito de Pangoa (Junín).
14. Universidad Nacional Juan Vélez de Córdova de Moquegua, con sede en el distrito de Ilo (Moquegua).
15. Universidad Nacional Pedro Vilcapaza de Azángaro (Unapev), con sede en la provincia de Azángaro (Puno).
16. Universidad Nacional Tecnológica de Utcubamba, con sede en la provincia de Utcubamba (Amazonas).
17. Universidad Nacional Tecnológica del Alto Mayo, con sede en el distrito de Soritor (San Martín).
18. Universidad Nacional Tecnológica Nuevo Occoro, con sede en el distrito de Nuevo Occoro (Huancavelica).
19. Universidad Nacional Tecnológica La Esperanza, con sede en el distrito de La Esperanza (La Libertad).
20. Universidad Nacional Científica y Tecnológica del Ejército Peruano (Uncitep), con sede en el distrito de Santiago de Surco (Lima).

La norma agrega que estas universidades nacionales contarán con los departamentos académicos, escuelas profesionales, unidades de investigación y unidades de posgrado, que son aprobados al momento de establecer su régimen académico.

Refiere, asimismo, que las universidades nacionales creadas ofrecen carreras profesionales vinculadas a la oferta educativa en atención a la demanda laboral local, regional, nacional e internacional que establezcan las respectivas comisiones organizadoras.

Agrega, además, que estas podrán ampliar su oferta educativa de acuerdo con las necesidades locales, regionales y nacionales, considerando el cierre de brechas con el fin de elevar la competitividad de la región y el país, en conformidad con los estándares establecidos por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

De igual modo, se autoriza a los ministerios de Educación y de Economía, a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales a priorizar inversiones en las universidades públicas creadas.

2444431-2 by Juanca Cruzado



(FIN) JCC
GRM

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Publicado: 2/10/2025