El pleno del Congreso aprobó el dictamen que, con texto sustitutorio, propone modificar el artículo 125 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, a fin de tipificar el delito de exposición de personas al peligro por arrojo de residuos sólidos en cauces naturales.
La propuesta fue aprobada en primera votación con 100 votos a favor, cero en contra y una abstención y exonerada de la segunda votación.
De este modo, se incorpora en el Código Penal el artículo 125-A.1, donde se detalla que, "el que expone a otras personas a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud, arrojando residuos sólidos en el cauce, lecho, ribera o faja marginal de un río o quebrada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años".
Además, se incluye el artículo 125-A-2, en donde se precisa que la pena será no menor de cuatro ni mayor de seis años, si el agente utiliza camiones u otro tipo de maquinaria pesada para arrojar los residuos sólidos, o si, como consecuencia de la conducta, se causa daño a obras de infraestructura pública.
El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Flavio Cruz (Perú Libre) sustentó la iniciativa e indicó que el arrojo indiscriminado de basura, desperdicios y desmontes está generando un altísimo riesgo para la salud de miles de familias.
"Los informes de la Autoridad Nacional del Agua y la Municipalidad Metropolitana son contundes y han constado que en los ríos Chillón y Rímac y Lurín, el cauce natural se ha reducido en 150 metros y poniendo en riesgo a la población por efectos de desbordes producido por huaicos o lluvias", precisó.
Por su parte, el congresista Alejandro Cavero Alva (bancada AvP) sostuvo que el arrojo de basura y otros desperdicios a los cauces "es un gravísimo atentado contra la vida de las personas", por lo que se mostró a favor de la tipificación.
(FIN) NDP/MCA/JCR
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Publicado: 19/11/2025