Andina

Bancos deberán contactar a beneficiarios del Fondo de Seguro de Depósitos

SBS incorpora precisiones sobre la transferencia de fondos inmovilizados

INTERNET/Medios

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12:53 | Lima, oct. 9.

Con la finalidad de reforzar el rol que cumple el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha aprobado modificaciones a las normas para la cobertura, recursos y pago de imposiciones cubiertas del FSD (Resolución N° 657-99 y sus modificatorias).

Mediante la Resolución 2448-2020 recordó que la intención del FSD es proteger los depósitos de los usuarios del sistema financiero en caso del cierre de una entidad del sistema financiero.  

La resolución, publicada hoy en el Diario Oficial, comprende precisiones y modificaciones con relación a la base de cálculo para el pago de las primas, penalidades por pagos incorrectos de primas, verificación de la prima pagada y depósitos sujetos a cobertura del FSD y transferencia de depósitos. 

Tratándose de la transferencia de depósitos inmovilizados por 10 años al FSD, se establece que, en el caso de depósitos cuyo valor supere una UIT o su equivalente en dólares, las entidades financieras tendrán que realizar los esfuerzos necesarios para intentar contactar al titular o beneficiario para informarle sobre la próxima transferencia.

Ello a efectos de que puedan llevar a cabo el retiro o cancelación antes de que sean transferidos al FSD.

Asimismo, se indica que las entidades financieras contarán con una base de datos de sustento para la determinación del monto cubierto por el FSD y del pago de primas. 


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(FIN) NDP/JJN



Publicado: 9/10/2020