Andina

Vacan a Osiris Feliciano del cargo de alcalde de Santa Anita

Alcalde Osiris dejará el cargo por acuerdo del JNE. Foto: Andina/Archivo

Alcalde Osiris dejará el cargo por acuerdo del JNE. Foto: Andina/Archivo

17:35 | Lima, ene. 10 (ANDINA).

Osiris Feliciano Muñoz fue vacado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) del cargo de alcalde de Santa Anita, debido a que tiene una sentencia condenatoria, consentida y ejecutoriada por delito de peculado. La decisión del máximo ente electoral está contenida en la Resolución 240-2007-JNE, aprobado el 11 de diciembre pasado, pero que recién se conoció hoy.

Feliciano Muñoz deberá dejar su lugar a la primera regidora Leonor Chumbimune Cajahuaringa, también del partido político “Siempre Unidos”, quien se desempeñará como alcaldesa hasta completar el presente período 2007-2010.

En tanto, la ciudadana Magaly Soria Aguilar será convocada para asumir el cargo de regidora y completar así el concejo municipal que debe estar compuesto por 11 regidores.

En su sesión del 11 de diciembre último, el JNE declaró fundada la apelación presentada por el ciudadano Aurelio Mallqui Atachao, contra el acuerdo del concejo municipal de Santa Anita del 25 de setiembre de 2007 con el que se rechazó tácitamente la vacancia del cargo de alcalde.

En ese acuerdo, el pedido de vacancia sólo logró seis votos a favor, cuatro abstenciones y una ausencia, cuando se necesitaba una mayoría calificada de ocho votos.

Ante esa decisión del concejo, Malqui Atachao apeló ante el JNE, ente que resolvió dándole la razón y vacando a Feliciano Muñoz, resolución que hoy le fue notificada al afectado.

Según la normatividad vigente, Feliciano Muñoz tiene un plazo de tres días hábiles para presentar, si lo considera conveniente, un recurso extraordinario de afectación del debido proceso,  luego de lo cual el JNE volverá a pronunciarse.

El destituido alcalde fue sentenciado el 11 de octubre de 2006 por la Sexta Sala Penal de la Corte Superior de Lima, como autor del delito contra la Administración Pública, modalidad de peculado.

La condena que recibió fue de cuatro años de prisión e inhabilitación para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público. Su caso está incurso en el artículo 22° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.


Mediante la Resolución No. 240-2007, el máximo organismo electoral declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Aurelio Mallqui Atachao, y, en consecuencia, revocó el acuerdo adoptado en setiembre pasado por el Concejo Distrital de no declarar la vacancia de Osiris Feliciano, y, reformándolo, declaró la vacancia aludida.

 

Cabe precisar que el personaje vacado fue sentenciado el 11 de octubre de 2006 por la Sexta Sala Penal de la Corte Superior de Lima a cuatro años de prisión suspendida condicionalmente por tres años e inhabilitación para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, por el delito contra la administración pública (peculado) en agravio del Estado. Impugnada la referida sentencia, el 18 de abril de 2007 la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia declaró no haber nulidad en la condena dictada, adquiriendo ésta la calidad de cosa juzgada.

Debe advertirse que el recurso de revisión de la sentencia  –según el artículo 365 del Código de Procedimientos Penales, modificado por el Decreto Legislativo No. 959-  no suspende la ejecución de la sentencia dictada contra Osiris Feliciano, y, por consiguiente, se encuentra incurso en causal de vacancia.


(FIN) ART/RRC


Publicado: 10/1/2008