La noticia de la suspensión del capitán del seleccionado peruano, Paolo Guerrero, trajo consigo términos que deben ser utilizados de manera correcta y conocer el sentido de cada uno de ellos, pues de no hacerlo, ocasionaría confusión en la opinión pública.
Nos referimos a “resultado analítico adverso” y “dopaje positivo”, los cuales, en un principio fueron confundidos por algunos medios de comunicación locales e incluso internacionales.
La Agencia Andina cumple con dar una explicación de cada uno de estos términos:
Resultado analítico adverso
Según el comunicado oficial de la
Federación Peruana de Fútbol (FPF), informa sobre un “resultado analítico adverso” obtenido en una muestra de Paolo Guerrero, obtenida de un control antidopaje tras disputar el encuentro con Argentina en Buenos Aires, el pasado 5 de octubre.
El director de la Comisión Nacional Antidopaje, Víctor Carpio, afirmó que este término indica “la presencia de una sustancia o metabolito prohibida en la muestra de un deportista y que se encuentra en una lista elaborada por la Agencia Mundial Antidopaje”.
Asimismo, el médico especialista antidopaje, Juan Astuvilca, esta frase puede traducirse como “una sustancia sospechosa” dentro de una prueba obtenida luego de control antidopaje.
Dopaje positivo
En tanto, el dopaje positivo se produce luego de la evaluación y posterior audiencia programada para establecer la existencia de una sustancia prohibida.
“El dopaje positivo se caracteriza por la presencia de una sustancia prohibida identificada que no haya sido aprobada antes mediante una exención por uso terapéutico o que no sea producida de manera natural por el organismo”, refirió el doctor Elmer Huerta.
El proceso de identificación de la sustancia prohibida pasa por demostrar cómo y porqué llego dicha sustancia al cuerpo del deportista, si no existe una forma de demostrarlo se llega a la conclusión de un “dopaje positivo”.
(FIN) JCC
Publicado: 3/11/2017