El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado recordó la restricción del acceso a las zonas de descanso de arena o piedras (playas) inmediatamente colindantes con el mar, ribera de ríos, lagos o lagunas en el ámbito de las áreas naturales protegidas.
En cumplimiento de las medidas implementadas por el Gobierno Nacional para prevenir la propagación del covid-19 en el Perú, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) recordó la restricción del acceso a las zonas de descanso de arena o piedras (playas) inmediatamente colindantes con el mar, ribera de ríos, lagos o lagunas en el ámbito de las áreas naturales protegidas.
En un comunicado, el Sernanp precisó que esta medida rige durante los días 31 de diciembre y 1 de enero de 2022 a nivel nacional, sin perjuicio de las disposiciones locales que podrían aprobar las municipalidades distritales.
Mediante esta disposición se busca generar condiciones seguras para la visita a las áreas naturales protegidas y salvaguardar la integridad de sus visitantes, finaliza el comunicado.
(FIN) NDP/LZD
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Publicado: 1/1/2022