El Gobierno del Perú aprobó el Decreto Supremo N.° 007-2026-RE que exonera del requisito de visa temporal a los ciudadanos extranjeros titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio de la Santa Sede, debidamente válidos y vigentes.
Esta medida permitirá un ingreso y salida más ágil, que simplifique y facilite los procedimientos migratorios y el cumplimiento de sus funciones diplomáticas, oficiales y demás responsabilidades inherentes a su condición, informa la Cancillería.
La disposición se sustenta en el principio de reciprocidad en las relaciones internacionales, considerando que el Estado de la Ciudad del Vaticano, bajo la administración de la Santa Sede, exime de visa a los ciudadanos peruanos titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales para estancias de corta duración.
Además, refuerza las relaciones bilaterales entre el Perú y la Santa Sede, cuyo marco jurídico se encuentra establecido en el Acuerdo suscrito el 19 de julio de 1980, aprobado mediante Decreto Ley N.° 23211, así como en la Constitución Política del Perú y la normativa migratoria vigente.
El Ministerio de Relaciones Exteriores, de ese modo, reafirma su compromiso de promover mecanismos que fortalezcan las relaciones diplomáticas y la cooperación internacional, siempre en observancia del derecho internacional y de los principios que orientan la política exterior del Estado peruano.
(FIN) NDP/FHG
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Publicado: 3/3/2026