De acuerdo con la
Ley N.º 31989, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, en su artículo único se
deroga la disposición complementaria final primera del Decreto Legislativo 1607 acerca de las medidas para prevenir la tenencia ilegal de artefactos o materiales explosivos en actividades mineras.