Las boticas y farmacias no están obligadas a ofrecer el 100 % de medicamentos genéricos esenciales que existen en el mercado. Sin embargo, de la totalidad de fármacos que tiene cada establecimiento, el 30 % de ellos debe poder ofrecerse en versión genérica, indicó el Ministerio de Salud.
El Ministerio de Salud (Minsa) precisó en un comunicado que si una botica o farmacia identifica que comercializa 100 medicamentos genéricos, de los 434 considerados en el listado que establece la norma, deberán garantizar únicamente el 30 % de esos 100 en medicamentos genéricos.
"La supervisión se verificará con base en esos 100 medicamentos genéricos y no de los 434", acotó el Minsa.
La Ley 32033 no obliga a las boticas y farmacias a tener en stock los 434 medicamentos genéricos esenciales, sino que, de los que expenden, y se encuentran en el listado, deberán considerar el 30 % de ellos, remarcó el ente rector.
Pequeñas boticas y farmacias
En el mismo comunicado, el Minsa señaló que no están comprendidas en esta exigencia y las sanciones consecuentes las personas naturales o jurídicas calificadas de microempresas, por lo que las pequeñas farmacias y boticas no se verán afectadas.
La norma está dirigida a las empresas y cadenas, que deben tener un componente de responsabilidad social, para que le den al paciente la oportunidad de escoger, al momento de comprar, entre un medicamento de marca y uno genérico.
El Ministerio de Salud ratifica su compromiso con la población en garantizar su derecho a la salud y el acceso a medicamentos genéricos en las boticas y farmacias del sector privado.
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(FIN) NDP/ SMS/KGR
GRM
Publicado: 22/5/2024