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Mimp: más de 10,000 niños y adolescente recibirán pensión de orfandad por covid-19

Para la entrega de este beneficio se ha destinado un presupuesto de hasta S/ 21.9 millones

Mimp: más de 10,000 niños y adolescente recibirán pensión de orfandad por covid-19. Foto: ANDINA/Difusión.

Mimp: más de 10,000 niños y adolescente recibirán pensión de orfandad por covid-19. Foto: ANDINA/Difusión.

13:48 | Lima, mar. 7.

Alrededor de 10,900 niñas, niños y adolescentes que quedaron en situación de orfandad debido a la muerte de madre y/o padre por la covid-19 serán beneficiados con una asistencia económica, a fin de que las persona que asumieron su cuidado puedan atender sus necesidades básicas.

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La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Silvia Loli, informó que se trata de una pensión de 200 soles mensuales que se entregará a la persona que está al cuidado de los infantes que son huérfanos de alguno o de los dos padres fallecidos por el nuevo coronavirus. 


La titular del Mimp también informó que se trata de una pensión por persona, es decir, “si hay más de un menor, cada uno de los niños tiene derecho a su pensión de 200 soles”. 

Tras la publicación del reglamento para el otorgamiento de esta asistencia el Mimp podrá iniciar en breve proceso de entrega de las primeras pensiones.

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Los beneficiarios recibirán la asistencia económica hasta que cumplan los 18 años, sin importar la edad que tengan al momento de recibir el bono. Con ello se busca garantizar que los menores no pierdan oportunidades por falta de cuidados. 

La pensión se otorgará a través del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), por lo que cualquier persona que esté a cargo de una niña, niño o adolescente que haya quedado huérfano puede solicitar que se le otorgue esta asignación a través de la mesa de partes virtual o física del Inabif (ingresando a www.gob.pe/Inabif) o pueden escribir un correo a mesadepartes@inabif.gob.pe 

Para acceder a esta pensión, la persona que esté al cuidado del (la) beneficiaria/o deben acreditar el vínculo entre la niña, el niño o adolescente la persona fallecida por covid (partida de nacimiento, certificado de nacido vivo, o resoluciones judiciales de adopción o administrativa que dicta el acogimiento familiar). 

Inabif será el encargado de verificar los demás requisitos para la asignación como la defunción por covid, el padrón general de hogares para priorizar aquellos beneficiarios (as) en pobreza o pobreza extrema, entre otros.

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(FIN) NDP/LIT
JRA


Publicado: 7/3/2021