El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativa del Ministerio Público, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728.
Vía
Decreto Supremo 241-2025-EF, publicado hoy en el Diario Oficial
El Peruano, se aprobó dicha medida en el marco de la Ley 32263, que autoriza la actualización de la
escala remunerativa para los
servidores del
Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728.
Los montos de la nueva escala remunerativa aprobada se detallan en el siguiente cuadro:
| Categoría/Nivel | Cargos | Monto S/ |
| Directivos |
| Directivo 7 | Gerente general | 15,600.00 |
| Jefe del Instituto de Medicina Legal |
| Directivo 6 | Gerente central | 14,442.00 |
| Secretario general |
| Directivo 5 | Gerente | 13,000.00 |
| Procurador público |
| Directivo 4 | Subgerente | 11,362.00 |
| Directivo 3 | Asesor | 8,973.00 |
| Administrador |
| Procurador adjunto público |
| Profesionales |
| Profesional 6 | Abogado | 7,183.00 |
| Analista |
| Médico |
| Profesional 5 | Biólogo | 6,052.00 |
| Cirujano dentista |
| Psicólogo |
| Químico farmacéutico |
| Tecnólogo médico |
| Especialista administrativo |
| Asistente en función fiscal |
| Técnicos |
| Técnico 6 | Operador administrativo | 5,256.00 |
| Programador |
| Técnico 5 | Asistente administrativo | 4,962.00 |
| Asistente médico legal | 4,471.00 |
| Técnico necropsiador | 4,471.00 |
| Auxiliar |
| Auxiliar 1 | Auxiliar administrativo | 3,842.00 |
La norma indica que, en ningún caso, los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativa del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728 pueden percibir un monto superior a lo establecido en la escala remunerativa aprobada.
El Ministerio Público solo reconoce a los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativa sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, la nueva escala remunerativa aprobada, una gratificación por Fiestas Patrias, una gratificación por Navidad y una bonificación por escolaridad.
La máxima autoridad administrativa del Ministerio Público verifica el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto supremo, bajo responsabilidad.

La norma prohíbe que los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728 reciban, bajo responsabilidad, cualquier otro ingreso, bonificación, asignación, incentivo, compensación económica y conceptos de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad y fuente de financiamiento, en forma adicional al monto establecido en la escala remunerativa aprobada.
Sin embargo, hay excepción para la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), la Asignación Familiar y aquellos conceptos que de forma posterior a la aprobación de la referida escala remunerativa se otorguen en el marco de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal (Ley 31188).
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF procede de oficio a la actualización del monto de la escala remunerativa de los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativa del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).
La nueva escala remunerativa aprobada se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.