La Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, contempla sanciones al que posee, adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta, entre otros, de forma no autorizada, recursos de flora y fauna silvestre. Las multas oscilan entre las 0,1 y 5000 UIT.
Tras una denuncia ingresada en la plataforma web ALERTA SERFOR, especialistas del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), organismo adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), lograron rescatar a un mono machín blanco (Cebus albifrons) que permanecía en cautiverio en una vivienda del distrito de Parcona, en la provincia y departamento de Ica.
La intervención contó con el apoyo de funcionarios del Departamento Desconcentrado de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú, con quienes se procedió a realizar el decomiso del ejemplar que se encontraba atado con una soguilla junto a un árbol de higuera, en el patio de una vivienda del centro poblado San Camilo.
Luego del rescate, el espécimen fue trasladado a la sede de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (Atffs) Ica, donde fue evaluado por el médico veterinario. De esta forma, se pudo determinar que se trata de un ejemplar hembra de unos seis años aproximadamente.
El primate quedó bajo custodia de los especialistas hasta que pudo ser trasladado al zoológico de Ica, donde permanecerá. El espécimen será monitoreado periódicamente por el Serfor.
En el zoológico comparte recinto junto a dos ejemplares machos de la misma especie que también fueron víctimas del comercio ilegal de fauna silvestre.
En su mayoría, los primates que son recuperados, producto de esta actividad ilegal, no pueden ser devueltos a la naturaleza, debido a que al relacionarse con seres humanos, el grado de impronta ocasiona que no puedan sobrevivir en su ambiente natural.
Gran parte de los monos son extraídos de su hábitat desde bebés. Para ello, muchas veces los padres deben ser asesinados. Estos son vendidos generalmente como mascotas. Esta situación ocasiona un daño al individuo y al ecosistema, debido a que cada especie cumple un rol importante en la naturaleza.
Adicionalmente, las personas que los adquieren y poseen están expuestas a posibles enfermedades, dado que al ser animales silvestres pueden portar y transmitir enfermedades.
La Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, contempla sanciones al que posee, adquiere, vende, transporta, almacena, importa, exporta o reexporta, entre otros, de forma no autorizada, recursos de flora y fauna silvestre. Las multas oscilan entre las 0,1 y 5000 UIT.
El Serfor inició un proceso administrativo sancionador a la propietaria del inmueble que mantenía ilegalmente al mono machín.
(FIN) NDP/JCB/TMC
JRA
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Publicado: 18/9/2022