Huancavelica: confirman que gobierno regional infringió norma sobre publicidad estatal

Pleno del JNE confirma resoluciones sancionatorias por difusión de spots y colocar carteles en época electoral

Gobernador de Huancavelica, Leoncio Huayllani. Foto: ANDINA/archivo

Gobernador de Huancavelica, Leoncio Huayllani. Foto: ANDINA/archivo

12:21 | Lima, nov. 18.

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó dos resoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica en las que se determinó que el gobierno regional de esta jurisdicción cometió infracción al Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.

Ambas resoluciones aparecen publicadas hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.


En la resolución 0592-2025-JNE se ratifica lo establecido por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica respecto a la infracción al literal “b” del artículo 20 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.


Esta consistió en la difusión de spots de publicidad estatal en las emisoras radiales La Nueva 89.1 FM y La Única 104.3 FM, fuera del plazo establecido en el marco de la convocatoria a elecciones generales para el año 2026.

El gobernador regional huancavelicano, Leoncio Huayllani Taype, presentó una apelación respecto a la resolución 00120-2025-JEE-HVCA/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica en la que se estableció que en efecto se cometió una infracción. Este recurso es el que ha sido materia de pronunciamiento por parte del pleno del JNE.

En este se recuerda que en su artículo 192, la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe que, una vez convocado el proceso electoral, se haga publicidad estatal en medios de comunicación, salvo impostergable necesidad o utilidad pública, Asimismo, se desestiman los argumentos de la apelación.

Determinan La Infracción Del Gobernador Regional Al Reglamento Sobre Propaganda Electoral by Fidel Gutierrez


Carteles publicitarios
Del mismo modo, en la resolución 0595-2025-JNE el pleno del JNE reafirmó lo señalado en la resolución 00105-2025-JEE-HVCA/JNE, del Jurado Electoral Especial de Huancavelica, referida a la difusión por parte del gobierno regional de esta jurisdicción de dos carteles publicitarios en el contexto del periodo electoral que viene desarrollándose actualmente.


Se considera que este acto vulneró el literal “e” del articulo 20 del Reglamento de Propaganda, Publicidad y Neutralidad. El gobernador regional de Huancavelica apeló la mencionada resolución, señalando que se trataba de carteles informativos que debían ser renovados periódicamente para evitar su deterioro, añadiendo que estos ya han sido retirados.


En respuesta al mencionado recurso, el pleno del JNE estableció que en efecto se cometió una infracción al colocar los dos carteles publicitarios durante el periodo electoral correspondiente a los comicios generales 2026 sin que se haya cumplido con efectuar un reporte posterior a su colocación dentro del plazo reglamentario establecido para estos casos.

Se considera, asimismo, que el retiro de los carteles publicitarios mencionados “no exime la responsabilidad generada por la infracción cometida”. Se argumenta que esto constituyó “una conducta consumada cuyos efectos jurídicos subsisten independientemente del retiro o cese de la difusión”.

Determinan Infracción Al Reglamento Sobre Propaganda Electoral by Fidel Gutierrez


(FIN) FGM/MAO

Más en Andina:




Publicado: 18/11/2025