Lima, sep. 21 (Andina).-El Gobierno del Perú emitirá bonos por más de 287 millones de dólares con fecha de redención para el 12 de agosto de 2034, con una tasa cupón de 5.40%, y con pagos semestrales de los intereses, a fin de refinanciar el pago de deuda.
Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial Nº 447-2025-EF/52, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma aprobó la emisión interna de bonos que puede efectuar el Gobierno Nacional para implementar la operación de administración de deuda, bajo la modalidad de refinanciación, que comprende la garantía del Gobierno, extendida por el Banco de la Nación a Petroperú, a fin de evitar el desabastecimiento de combustible a nivel nacional.
La emisión asciende a la suma de hasta 287 millones 336,211 dólares, más los intereses que se devenguen hasta la fecha de colocación de los referidos bonos.
Para la emisión interna de los referidos bonos a fin de implementar la operación de administración de deuda, se establece que la modalidad de colocación es mediante oferta privada al Banco de la Nación, en sustitución al Programa de Creadores de Mercado.
De esta manera el “Bono Soberano 12AGO2034” se emitirá en soles, por un monto de hasta 287 millones 336,211 dólares, más los intereses que se devenguen hasta la fecha de colocación de los referidos bonos.
El valor nominal de cada bono es de 1,000 soles. El monto que corresponde a las fracciones del Bono será cancelado en la fecha de colocación del Bono Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2034.
Así, la fecha de redención del bono queda establecido para el 12 de agosto de 2034, con una tasa cupón de 5.40%, y la periodicidad de pago de intereses del bono será de forma semestral.
Asimismo, estos papeles serán de negociación libre y se colocarán mediante oferta privada al Banco de la Nación.
Las fechas de colocación serán las siguientes:
A) 26 de setiembre de 2025, para las Cartas de Crédito con vencimiento desde el 28 de agosto del 2025 hasta el 18 de setiembre del 2025.
B) 01 de octubre de 2025, para las Cartas de Crédito con vencimiento el 25 de setiembre del 2025.
El agente registrador, de emisión y pago es Cavali S.A. ICLV.
También se determina que el servicio de amortización, intereses y demás gastos que ocasione la emisión de bonos conforme a lo dispuesto en esta Resolución Ministerial, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.
La norma autoriza la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público del MEF a suscribir el “Convenio de Administración de Deuda bajo la modalidad de refinanciación entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación”, así como los documentos que se requieran para su implementación.
La norma lleva la rúbrica del Ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes.
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(FIN) NDP / MDV
Publicado: 21/9/2025