El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de su Dirección de Fiscalización y Oficinas Regionales, monitoreó los principales mercados de abastos, así como, supermercados y panaderías de todo el país para verificar que la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) de los productos de consumo masivo, como el pollo, huevos frescos de gallina, azúcar, pastas alimenticias y el pan, beneficie a las familias peruanas.
El equipo del Indecopi recogió información de 86 mercados de abastos (277 puestos de abarrotes y 248 avícolas); 30 locales de supermercados y 81 puntos de venta de pan, reportando los siguientes resultados:
Promoción del cumplimiento de la norma
Para promover el cumplimiento de la exoneración del IGV, el Indecopi convocó a diversos gremios y asociaciones involucradas. En ese sentido, esta tarde, se llevará a cabo una reunión con la Asociación de Bodegueros del Perú (ABP) y con la Asociación Peruana de Empresarios de la Panadería y Pastelería (Aspan).
Asimismo, en los próximos días, la institución continuará monitoreando los precios de estos productos a favor de los derechos de los consumidores y de la transparencia en la información que se les brinda, determinante para la elección de consumo.
¿Cómo reportar a un proveedor que no aplica la exoneración?
El Indecopi brinda las siguientes recomendaciones:
- Compre en establecimientos formales, exija un comprobante de pago y revise que en este no se le cobre el IGV por los productos exonerados. Recuerde conservar el comprobante de pago en su poder para ejercer su derecho como consumidor.
- Si verifica que los proveedores persisten en el cobro del IGV (figura expresamente en el comprobante de pago) pueden reportarlo al Indecopi a través del
Servicio gratuito Reclama Virtual o a las líneas telefónicas
224 7777 para Lima y
0 800 4 4040 para regiones. También puede escribir al correo electrónico
sacreclamo@indecopi.gob.pe o llenar el formulario web
Vigilancia Ciudadana.
La Ley que exonera del impuesto general a las ventas los alimentos de la canasta básica familiar (Ley N°31452) entró en vigor el 01 de mayo de este año. En ese sentido, el Indecopi insta a los proveedores a trasladar esta exoneración en beneficio a los consumidores, especialmente en esta etapa difícil que viene afrontando el país.
Más en Andina:
(FIN) NDP/VLA/JJN
Publicado: 6/5/2022