Estado de emergencia en Lima y Callao: endurecen medidas de control penitenciario

Se harán también patrullajes en zonas críticas

ANDINA/Difusión

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22:18 | Lima, oct. 21.

El Poder Ejecutivo oficializó esta noche la declaratoria del estado de emergencia para Lima Metropolitana y el Callao y entre las medidas establecidas está el endurecimiento de los controles penitenciarios y la conformación del Comité de Inteligencia.

A través del Decreto Supremo Nº 124-2025-PCM, publicado esta noche en una edición extraordinaria del boletín del Diario Oficial El Peruano, se establece la restricción de visitas en los establecimientos penitenciarios. 

En tal sentido, se tendrá una visita semanal para los internos del régimen cerrado ordinario; una visita quincenal para los internos del régimen cerrado especial.  

Sólo podrán recibir visitas de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. 

De igual manera, se establecerá un apagón eléctrico en las celdas, permitiendo únicamente la iluminación. 

También se hará el desmontaje y destrucción de antenas de telecomunicación ilícitas, encargando el sostenimiento a las Fuerzas Armadas. 

Entre las medidas correspondientes a las fuerzas combinadas y control territorial, estarán integradas por la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas y el Serenazgo Municipal, las que ejecutaran las medidas de control territorial focalizado en zonas críticas y resguardo de instituciones públicas con participación de las fuerzas combinadas.  

Se instalarán comandos de campaña temporales para las fuerzas combinadas en coordinación con gobiernos subnacionales, además del patrullaje en zonas críticas (paraderos, estaciones del metro, instituciones asociadas a servicios públicos y activos estratégicos, entre otros).

De igual manera, operativos de búsqueda y captura de requisitoriados mediante el control de identidad en base al mapa del delito y otros instrumentos; operativos de control de identidad en vehículos motorizados y no motorizados; operativos de control de identidad de extranjeros que se encuentren comprendidos dentro de los supuestos del procedimiento sancionador administrativo excepcional especial. 

También se incluye la prohibición del tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría vehicular L3 (motos lineales); intervención e internamiento de vehículos en los depósitos autorizados si exhiben documentación adulterada y/o placas ilegibles, deterioradas, adulteradas, dañadas, laminadas o con objetos que no permitan la identificación correcta del vehículo. 

Entre otras medidas en el mencionado decreto, también se conforma el Comité de Inteligencia (CI), el cual es presidido por la Dirección Nacional de Inteligencia, la División de Inteligencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. 

De igual manera, la Dirección de Inteligencia del Ministerio del Interior, la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional, la Subdirección de Inteligencia del INPE, las Direcciones de Inteligencia de las Instituciones Armadas y la Unidad de Inteligencia Financiera. 

Se informa que el Comité de Inteligencia elige a su secretario técnico y establece los protocolos de acciones coordinadas aplicables durante el estado de emergencia conforme lo establece el Comité de Coordinación Operativa Unificada. 

(FIN) JCR

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Publicado: 21/10/2025