Los trabajadores del sector público y privado cuyas jornadas laborales coincidan con el día de las elecciones congresales extraordinarias del 26 de enero tendrán derecho a tolerancia en el ingreso o durante las horas de trabajo para ir a votar, según lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Mediante el Decreto Supremo Nº 006-2020-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se precisa que las facilidades alcanzan también a quienes actúen como miembros de mesa, facultados a no asistir a sus centros de labores el día lunes 27 de enero.
Los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar para los trabajadores que debieron ir votar y cumplir su deber cívico, según corresponda.
Por otro lado, los trabajadores que hayan sido sorteados para ser miembros de mesa, y cuyas jornadas de trabajo coincidan con el 26 de enero de 2020, están facultados por la ley a no asistir a sus centros de labores.
En esa misma línea, el Ministerio de Trabajo ha declarado que el lunes 27 de enero se día no laborable de naturaleza no compensable para quienes integran las mesas de sufragio. Para tal efecto, los empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas pertinentes.
Estas medidas del Ejecutivo obedecen a la propuesta que hizo la ONPE mediante oficio N° 000004-2020-JN/ONPE que solicitó brindarle facilidades a los ciudadanos que desempeñen de manera efectiva el cargo de miembros de mesa durante las elecciones Congresales Extraordinarias 2020.
De esta manera el Decreto Supremo busca la mayor participación entre los más de 500,000 ciudadanos elegidos como miembros de mesa para la elección de este domingo 26, por lo que resulta conveniente estimular el deber cívico ciudadano de ejercer su derecho al voto otorgándole facilidades para su desplazamiento.
La norma establece que, para gozar del beneficio señalado, el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa debe presentar a su empleador al momento de reintegrarse a su centro de labores el Certificado de Participación entregado por la ONPE.
A tener en cuenta
• Las multas por no votar son de S/ 86 en Distrito Pobre; S/ 43 en Distrito Pobre No Extremo; S/ 21.50 en Distrito Pobre Extremo; y S/ 215 por incumplir el cargo de miembro de mesa.
• Desde el viernes 24 de enero no pueden hacerse mítines o reuniones de carácter público
• Desde las 8.00 am del sábado 25 de enero hasta las 8.00 am del lunes 27 de enero está prohibida la venta de bebidas alcohólicas en restaurantes, bares, tiendas, autoservicios, supermercados y comercio ambulatorio
• Durante las horas de elecciones no pueden efectuarse espectáculos públicos al aire libre ni en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cinematográficas, ni reuniones públicas de ninguna clase.
(FIN) LIQ/CVC
JRA
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Publicado: 22/1/2020