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Ejecutivo destina S/ 137 millones para obras en 30 colegios rurales

A través de decreto de urgencia se regula participación del Foncodes en la ejecución de dichas obras

ANDINA/archivo

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08:32 | Lima, oct. 24.

El Poder Ejecutivo emitió un decreto de urgencia que regula la participación del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (Foncodes) en la ejecución de obras de infraestructura en 30 instituciones educativas del ámbito rural, para lo cual transfirió 137 millones 199,985 soles.

A través del Decreto de Urgencia Nº 006-2019, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se busca establecer medidas necesarias para garantizar la ejecución de obras de infraestructura o estructuras modulares de dormitorios para estudiantes y docentes, servicios higiénicos, cocinas, almacenes y comedores, que complementen la prestación del servicio educativo de hasta 30 instituciones educativas públicas.

Dichos colegios deben estar bajo el Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el Ámbito Rural y el Modelo de Servicio Educativo Secundaria en Alternancia, que contribuyan a mejorar la calidad en la provisión del servicio educativo en zona rural.

La norma indica que la ejecución de obras incluye la contratación de servicios y la adquisición de bienes que permitan acondicionar los espacios mencionados de los 30 colegios rurales previstos.

Asimismo, se autoriza una transferencia de 137 millones 199,985 soles del Ministerio de Educación a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que gestionará las obras a través de los núcleos ejecutores del Foncodes.


Núcleos ejecutores


El núcleo ejecutor es un sistema de organización no convencional que opera a través de dos instancias: la asamblea general conformada por todos los miembros de la comunidad o población usuaria, y el órgano representativo del núcleo ejecutor integrado por el presidente, tesorero, secretario y fiscal.

El decreto de urgencia, cuya vigencia culmina el 31 de diciembre de 2019, indica también que el Foncodes abrirá una cuenta bancaria en el Banco de la Nación a nombre de los núcleos ejecutores para el depósito de los recursos transferidos a su favor.

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social publicará trimestralmente, en su portal institucional, los avances sobre la ejecución física y financiera de los recursos transferidos a los núcleos ejecutores.


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(FIN) CNA

Publicado: 24/10/2019