Andina

Ejecutivo crea grupo de trabajo para reforma y fortalecimiento de EsSalud

A fin de mejorar calidad y oportunidad de prestaciones y servicios a asegurados, y su sostenibilidad financiera

Seguro Social de Salud (EsSalud). Foto: ANDINA/Difusión

Seguro Social de Salud (EsSalud). Foto: ANDINA/Difusión

09:25 | Lima, nov. 13.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) creó hoy el grupo de trabajo sectorial, de naturaleza temporal, para efectuar un diagnóstico del estado situacional y elaborar lineamientos para la reforma y fortalecimiento del Seguro Social de Salud (EsSalud).

Ello, con la finalidad de mejorar la calidad y oportunidad de las prestaciones y servicios a los asegurados, la sostenibilidad financiera de la institución, y la generación de políticas de integridad, transparencia y lucha anticorrupción.

La medida se dispuso mediante resolución ministerial (RM) 306-2022 del MTPE, publicado hoy en el diario El Peruano. 
Se establece que el grupo de trabajo está conformado por los siguientes miembros: 

a) El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y el viceministro de Trabajo como representante alterno, quien la preside.

b) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Trabajo.

c) Un/a representante del Gabinete de Asesores.

d) Un/a representante de la Dirección General de Trabajo.

e) Un representante de la Secretaría General.

f) Un representante de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo.

g) Un representante de la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral.

h) Dos representantes de EsSalud.

i) Dos representantes de los consejeros del Consejo Directivo de EsSalud que representan a los empleadores, de los cuales uno en representación de la media y gran empresa, y otro en representación de la pequeña y microempresa.

j) Dos representantes de los consejeros del Consejo Directivo de EsSalud que representan a los trabajadores y pensionistas, de los cuales uno en representación de los trabajadores del régimen laboral público y privado, y otro en representación de los pensionistas. 

Se determina que los miembros del grupo de trabajo ejercen sus funciones ad honorem. 

Se fija que los/las representantes que conforman el citado grupo de trabajo, se acreditan ante la Secretaría Técnica, vía comunicación escrita, en un plazo que no excede de cinco días hábiles contados a partir de hoy. 

Funciones

El grupo de trabajo tiene la función de elaborar un informe que contenga el diagnóstico del estado situacional de EsSalud y una propuesta de lineamientos para la reforma y fortalecimiento del Seguro Social de Salud, considerando: la mejora de la calidad y oportunidad de las prestaciones para los asegurados, la sostenibilidad financiera institucional, y la generación de políticas de integridad, transparencia y lucha anticorrupción. 

Se dispone que el grupo de trabajo, para el cumplimento de su objeto, puede contar con la asistencia técnica de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS). 

Instalación y vigencia

Se fija que el grupo de trabajo se instala dentro de los 10 días hábiles, contados a partir de mañana, es decir, el 25 de noviembre de este año.

Se establece que la Secretaría Técnica del grupo de trabajo está a cargo de la Dirección de Seguridad Social y Migración Laboral del MTPE, encargada de brindar el apoyo técnico y administrativo respectivo. 

Se dispone que el equipo de trabajo tiene una vigencia de 60 días hábiles contados desde su instalación, debiendo presentar al Despacho Ministerial el informe final que contenga la propuesta de lineamientos de gestión para el fortalecimiento de EsSalud. 

Se determina que mediante RM se puede ampliar por única vez hasta por un periodo similar el plazo de vigencia. 

Financiamiento 

Se fija que el grupo de trabajo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. 

Se dicta que la implementación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto institucional del MTPE, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Se dispone la publicación de la presente RM hoy en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe).


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Publicado: 13/11/2022