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Ejecutivo aprueba medidas para el equilibrio presupuestario y eficiencia del gasto público

ANDINA/archivo

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08:05 | Lima, mar. 23.

El Poder Ejecutivo ha dictado una serie de medidas extraordinarias y urgentes para la sostenibilidad fiscal, mediante limitaciones al gasto de los presupuestos y dotación de recursos para proyectos.

Según Decreto de Urgencia Nº 006-2024, publicado este sábado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, quedan limitados los gastos no críticos para un uso eficiente de los recursos de las entidades del Estado.




"Lo que se ha tratado de hacer es cuatro cosas fundamentales. Lo que se ha tratado de hacer es corregir todas las restricciones y cuellos de botella que impiden una buena gestión de los recursos por parte de los titulares de los pliegos, gobiernos regionales y alcaldías. En segundo lugar, se ha tratado de restringir algunos gastos excesivos que no le hace bien a la gestión pública", explicó el ministro de Economía y Finanzas, José Arista, a RPP.

En ese sentido, el gasto no puede incrementarse en más del monto devengado al cierre del 2023 en las entidades del Gobierno Nacional en lo siguiente:

-Servicios de telefonía móvil
-Viajes internacionales o domésticos, con excepción de las comisiones de servicio para acciones a favor de la gestión del riesgo de desastres, implementación de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano (MAC), conflictos sociales, desarrollo de los Juegos Bolivarianos o gastos de fiscalización y recojo de información tales como los efectuados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), así como la promoción del Perú en el extranjero.
Asimismo, se exceptúan los gastos efectuados para las actividades relacionadas al proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y las y las actividades relacionadas a la defensa del Estado en tribunales internacionales, incluyendo los tribunales arbitrales.
-Gasto en vestuario, accesorios y prendas diversas, textiles y acabados textiles y calzado, salvo los correspondientes salvo los correspondientes al personal militar; policial; de seguridad del Instituto Nacional Penitenciario (INPE); de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (INBP); médico; enfermeras; niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF) y el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
- Gasto en servicio de publicidad o imagen institucional estatal, con excepción de los gastos que se efectúen para las acciones de promoción de importancia para el Perú
- Gasto por consumo de combustible



Previsiones presupuestarias


El Ejecutivo establece medidas que, entre otras, permite reorientar recursos para asegurar la prestación de los servicios públicos que durante el año pasado han sido atendidos por personal que desarrolló labores en calidad de “locadores” pero que este año no cuentan con las partidas necesarias para su contratación. Con este objetivo, las entidades deberán priorizar sus gastos y con estos ahorros asegurar las contrataciones, dando prioridad a aquellas actividades vinculadas a servicios de salud, educación, seguridad, entre los principales.

Asimismo, faculta a las entidades del sector público a priorizar su cartera de inversión usando sus saldos no comprometidos para dar cobertura a proyectos en ejecución que requieran mayores recursos, incorporar nuevos proyectos, así como para desarrollar nuevos expedientes de inversión.

Asimismo, se liberan restricciones a los programas presupuestales para que los saldos proyectados se reorienten a otras acciones o proyectos que requieran financiamiento con carácter prioritario. Además, se autoriza a los gobiernos regionales y locales a utilizar recursos del FONCOR y FONCOMUN para compra de maquinarias.



Respecto a la previsión presupuestaria para inversiones financiadas en el marco de convenios entre los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales y locales, estos dos últimos podrán otorgar previsiones presupuestales para asegurar su programación multianual. Estas previsiones corresponden a los proyectos que se enmarcan en el plan de Reconstrucción con Cambios y los proyectos que se incluyó el Congreso de la República durante el debate de la Ley de Presupuesto 2024.

Asimismo, se propone autorizar a los ministerios y a las entidades que pertenezcan al sector respectivo para que, con el fin de financiar la implementación de políticas públicas durante el año 2024, puedan realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de dichas entidades, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 

El Decreto de Urgencia también establece medidas para limitar gastos no críticos y promover el uso eficiente de los recursos de las entidades y empresas del Estado. De esta manera, se dispone que el gasto devengado para el Año Fiscal 2024 no puede superar el monto devengado en el 2023, por toda fuente de financiamiento en las entidades del Gobierno Nacional incluidas en el Decreto de Urgencia.

Petroperú y Fonafe


Para el caso de Petroperú y el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), además de lo señalado, se aprobará mediante decreto supremo, y en un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, complementarias a las previstas en el Decreto Supremo Nº 288-2023-EF.

Queda prohibido, tanto para Petroperú, Fonafe y las empresas bajo su ámbito, como las entidades de los tres niveles de Gobierno la adquisición de vehículos automotores, salvo los vehículos destinados a seguridad ciudadana, defensa nacional, servicios de salud, de limpieza, supervisión y fiscalización ambiental, gestión de residuos sólidos, gestión del riesgo de desastre y para la atención, cuidado y protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos.

La adquisición de los vehículos automotores señalados se realiza con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades respectivas, por cualquier fuente de financiamiento y conforme a la normatividad vigente.

Otra medida importante, es mejorar el seguimiento y validación de los acuerdos arribados en las negociones colectivas de las entidades del Estado, para lo cual se propone revisar los informes de viabilidad presupuestal emitidos por los pliegos del Gobierno Nacional (una primera etapa), y disponer que las cláusulas de las próximas negociaciones en el nivel descentralizado, solo contengan condiciones de trabajo.

Financiamiento a proyectos


Como medida para mitigar la contracción de la actividad económica, se ha autorizado una transferencia de hasta 55 millones de soles a favor de aquellos gobiernos locales con menores ingresos proyectados y que cuenten con una alta incidencia en pobreza y/o reducidos saldos de balance del 2023, con el objetivo de financiar la continuidad de ejecución de inversiones.

"En tercer lugar, lo que se ha tratado de corregir son algunos errores que se han tenido en los presupuestos anteriores y que ha generado expectativas en algunos alcaldes. Se les ha puesto un presupuesto bien alto y después no se han podido cumplir esos compromisos. No hubieron los recursos el año pasado porque se cayó la recaudación", mencionó Arista al respecto.

Canon minero


Asimismo, se ha dispuesto, excepcionalmente el otorgamiento en marzo de este año del adelanto de canon minero por el equivalente del 50% del monto total de los recursos provenientes por dicha fuente a favor de aquellos gobiernos regionales y gobiernos locales que no lo hubieran recibido por mantener saldos acumulados pendientes de deducir.

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(FIN) GDS

Publicado: 23/3/2024