Demanda de filiación y alimentos: no necesitas abogado para presentarla. Infórmate aquí

Reconocimiento de paternidad además puede realizarse mediante testamento

Demanda de filiación y alimentos: no necesitas abogado para presentarla. Foto: ANDINA/Difusión.

Demanda de filiación y alimentos: no necesitas abogado para presentarla. Foto: ANDINA/Difusión.

13:56 | Lima, oct. 16.

Un progenitor puede reconocer a su hijo a través de un testamento, señaló la abogada especialista en temas de familia y defensora pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), Gloria Faustor Lau, durante su participación en el espacio “Aula Jurídica”, en el que se abordó el tema “Filiación extramatrimonial en el Perú”.


La especialista explicó que entre las formas de reconocimiento de paternidad se encuentra la modalidad testamentaria, que se presenta cuando el padre no acude a la oficina registral, pero consigna en su testamento que es el progenitor del menor.

Agregó que también existe el reconocimiento post mortem, el cual procede cuando el padre biológico ha fallecido y los abuelos, conocedores de la filiación del menor, solicitan su inscripción.

Durante la sesión, la defensora pública absolvió las consultas formuladas por los ciudadanos y precisó que, para presentar una demanda de filiación y alimentos, no es obligatorio contar con abogado patrocinante, dado que la ley no establece defensa cautiva para estos casos.


Asimismo, indicó que si el demandado no formula oposición a la demanda de filiación extramatrimonial dentro del plazo de diez días desde su notificación, el juez puede declarar fundada la demanda.

Finalmente, recordó que el espacio “Aula Jurídica” se transmite quincenalmente a través del canal de YouTube del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

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(FIN) DOP/LIT


Publicado: 16/10/2025