Andina

Declaran en emergencia a distritos de Piura y Tumbes afectados por lluvias intensas

Podrán ejecutarse medidas y acciones de excepción inmediatas

Varios distritos y poblados de Piura y Tumbes han resultado afectados por las lluvias intensas. ANDINA/Difusión

Varios distritos y poblados de Piura y Tumbes han resultado afectados por las lluvias intensas. ANDINA/Difusión

08:55 | Lima, mar. 18.

El Gobierno declaró el estado de emergencia en diversos distritos de varias provincias de los departamentos de Tumbes y Piura por impacto de daños como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales que se registran en ambas regiones.

Así lo establece el Decreto Supremo Nº. 049-2021-PCM publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano que precisa que la medida tiene una vigencia de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan ante los daños causados por las lluvias intensas.



El dispositivo señala que los  Gobiernos Regionales de Tumbes y de Piura, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas.

Se agrega que las las acciones a tomar, deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

La implementación de las acciones previstas en el decreto supremo, se financia con cargo alpresupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente, se precisa en la norma.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti y es refrendado por la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez y los ministros de Defensa, Nuria Sparch; de Desarrollo Agrario y Riego, Federico Tenorio; de Desarrollo e Inclusion Social, Silvana Vargas; de Educación, Ricardo Cuenca;  de Interior, José Élice; de La Mujer y Poblaciones Vulnerables, Silvia Loli, de Transportes y Comunicaciones, Eduardo Gonzales y, de Vivienda y Construcción,  Solangel Fernández.

En los anexos correspondientes se precisan las localidades declaradas en emergencia y que ascienden a 24.

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(FIN) JCB/MAO

Publicado: 18/3/2021