Decisión del TC sobre extinción de dominio protege a inocentes que han perdido bienes

Afirma presidenta del Tribunal Constitucional en Andina Canal Online

ANDINA/Carlos Américo Lezama Villantoy

ANDINA/Carlos Américo Lezama Villantoy

11:59 | Lima, ago. 4.

La presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, sostuvo que la decisión de dicho organismo de declarar fundada, en parte, la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de extinción de dominio busca, principalmente, proteger principalmente a aquellas personas que son informales, pero no ilegales.

En entrevista con Andina Al Día, sostuvo que es el caso de personas que han sido declaradas inocentes de los delitos imputados y, aun así, han perdido sus bienes.

En ese sentido, indicó que el desde el TC no han pensado “en cuatro o cinco personas que son conocidas mediáticamente”, sino en la mayoría de personas informales que, por una aplicación “draconiana” de la norma, veían atropellado su derecho a la propiedad al momento de ser procesadas por algunos jueces o fiscales.

Estamos protegiendo, sobre todo a las personas que son informales, pero no ilegales, que es diferente. No estamos tratando de blindar los delitos, no, ni hablar”, declaró la titular del Tribunal Constitucional con relación a dicha sentencia.

Resaltó también que se ha declarado inconstitucional el efecto retroactivo que tenía la norma sobre extinción de dominio, emitida en 2018, y explicó que la retroactividad solo está permitida en materia penal, siempre y cuando esta retroactividad beneficie a la persona.


Acciones desde el Congreso

Pacheco Zerga indicó que la sentencia establece que el Congreso tiene que elaborar un procedimiento para que estas personas declaradas inocentes puedan recuperar sus bienes, ya que  actualmente, dijo, el proceso es bastante complicado y hay personas que han terminado perdiendo dichas posesiones.

“Pasan a veces generaciones hasta que uno lo devuelvan, pero en el caso concreto hemos dicho que es el Congreso el que tiene ahora la responsabilidad y la opinión pública, yo pienso, tiene que ayudar con una presión positiva para que cuanto antes regule esta posibilidad de devolución, qué trámite hay que hacer para que le devuelvan cuanto antes la propiedad, añadió.

Sostuvo también que se ha establecido que el Poder Legislativo debe determinar qué otros delitos graves, además del crimen organizado, deberán ser pasibles de que se aplique un proceso de extinción de dominio.


Además, consideró que “la extinción de dominio no se puede convertir en una figura de recaudación de dinero”, ello al referirse a los cuestionamientos realizados por el Ministerio Público, que ha calificado esta decisión como un retroceso.

Próximas resoluciones

En otro momento, la titular del TC precisó que la semana pasada culminaron con el debate de la demanda competencial del Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y Poder Judicial, por la facultad de investigar a un presidente en funciones, y precisó que la idea es que esta semana y la próxima corran las firmas y luego se publique.

Esa es la causa que más tiempo de debate nos ha llevado, estamos en esto creo que desde el mes de abril más o menos, en diferentes sesiones hemos ido acomodando, porque sabemos que es una decisión histórica que va, en la idea nuestra, preservar por un lado la institucionalidad de la Presidencia, pero por otro lado no permitir un blindaje de quien ejerza ese cargo en el presente y en el futuro”, señaló en Andina Al Día.


Mencionó que también ya han culminado con el debate de la demanda competencial del Ministerio Público con relación a la facultad otorgada a la Policía Nacional para realizar investigaciones preliminares. “Es la otra que también ya se cerró el debate y que debe salir pronto a publicarse”, añadió Luz Pacheco.

Precisó también que la demanda de la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público contra la Ley 32330, que permite imputar delitos a adolescentes de 16 y 17 años, ya fue admitida hace dos semanas y están a la espera de que el Congreso responda a la demanda, para lo cual tienen un plazo de 30 días útiles.

(FIN) MCA/CVC


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Publicado: 4/8/2025