Andina

Congreso: conozca detalles del proceso de elección de la Mesa Directiva

Acto se efectuará el 26 de julio

ANDINA/Difusión

ANDINA/Difusión

12:46 | Lima, jul. 19.

La elección de la nueva Mesa Directiva del Congreso para el periodo 2022-2023 se realizará el próximo martes 26 de julio. Conozca más sobre este proceso en donde será elegido el próximo presidente de ese poder del Estado.


En declaraciones a Andina Canal Online, el abogado experto en temas parlamentarios César Delgado indicó que dicha elección se realiza, de manera tradicional los 26 de julio de cada año, de forma que el día 27 ya se encuentre instalada la nueva Mesa Directiva.

Delgado agregó que las candidaturas deben presentarse hasta 24 horas antes de la fecha y hora programadas para la elección, por lo que las listas pueden presentarse hasta el día 25 de julio.

Señaló que, a diferencia de otros países, en donde la mesa directiva es elegida para todo el periodo parlamentario, en el Perú los presidentes y vicepresidentes del Congeso se eligen anualmente, “lo que debilita significativamente los niveles de institucionalidad en nuestro sistema político”.


Añadió que, ante la coyuntura en que nos encontramos, esta alta rotación puede traer aspectos que alteren la estabilidad para manejar el país en general.

Bicameralidad

De otro lado, sobre el tema de la bicameralidad, el experto en temas congresales recordó que la presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez, ha solicitado una reconsideración de la primera votación, ya que no se obtuvieron los 87 votos para ir a una segunda votación en la siguiente legislatura y el dictamen iría a referéndum.


Delgado señaló que este pedido de reconsideración requiere de 66 votos a favor. “Si es aprobado, tendría que volverse a votar el proyecto de reforma constitucional con el cual se establece el retorno a bicameralidad”, explicó.

Si se aprueba con mayoría absoluta, es decir, 66 votos, el presidente del Congreso comunicará al presidente de la República ese resultado, de forma que este convoque a referéndum para hacer la consulta sobre la aprobación del texto aprobado previamente por el Congreso.

Añadió que, en cambio, si se aprueba con mayoría calificada de dos tercios del número legal (87 votos), se debe cumplir la segunda de las alternativas que prescribe el artículo 206 de la Constitución, es decir, que el mismo texto debe volverse a consultar en la siguiente legislatura y debe aprobarse nuevamente con la misma mayoría calificada. “Si se cumple, ya no es necesario el referéndum”, explicó Delgado.

(FIN) MRCA/CVC
JRA

Más en Andina:


Publicado: 19/7/2022