¿Cómo y dónde tramitar la dispensa por no votar? ingresa a este link directo

El Jurado Nacional de Elecciones (JN) atiende las solicitudes ciudadanas en un plazo máximo de 5 días hábiles

El  trámite de la dispensa se puede realizar a partir del día siguiente de la fecha de elección. Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

El trámite de la dispensa se puede realizar a partir del día siguiente de la fecha de elección. Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

15:00 | Lima, abr. 13.

Los ciudadanos que no acudieron a votar el domingo 12 o el lunes 13 de abril, y tienen razones válidas que justifiquen su ausencia de las urnas, pueden tramitar desde hoy una dispensa ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para evitar la multa por ser omisos al proceso.

La dispensa es el trámite que libera al ciudadano de su omisión al sufragio por una causa justificada, con lo cual se exime de la sanción administrativa electoral. Con ello, se evitarán multas que van desde los S/ 27,5 hasta los S/ 110, dependiendo del lugar donde vive el elector.


Este proceso se puede realizar a partir del día siguiente de la fecha de elección, y hasta antes de emitida la medida cautelar de embargo (multa). Luego de ese plazo, las solicitudes presentadas son declaradas improcedentes.

El trámite se realiza en línea a través del Sistema de Dispensa Virtual (SIDVID) al que puedes acceder directamente desde este enlace. Aunque también se puede presentar, excepcionalmente, en la Mesa de Partes Presencial del JNE.

Jornada electoral del lunes 1 de abril. (Foto: ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles)

Los requisitos para presentar la dispensa son la copia de DNI/DNIe (en caso de pérdida o robo de DNI), copias de documentos que sustenten la causal por la cual no acudió a votar, conforme la tabla general de causales que aplican en el otorgamiento de la dispensa, que puede consultar en este enlace.

También deberá pagar el derecho de trámite de S/ 25,90 soles, el cual debe realizar en cualquier agencia del Banco de la Nación al código 01465 o por medios virtuales a través del portal Págalo.pe.

Cabe señalar que existen causales de omisión que no requieren pago por derecho de trámite, como afectaciones por desastres naturales o de origen humano, error en el padrón, defectos en la organización y ejecución del proceso atribuible a las entidades electorales, entre otras.


El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas por los ciudadanos a través del SISDIV es de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación.

Si un ciudadano se encuentra imposibilitado de registrar su solicitud a través de la plataforma virtual, podrá ser registrado mediante un tercero. La solicitud deberá ser registrada con los datos del ciudadano titular.

Más en Andina



(FIN) RAI/RRC
JRA

Publicado: 13/4/2026