Atención trabajadores: la CTS no puede ser depositada de manera fraccionada

Se constituye en falta que es sancionada con una multa. Mañana vence el plazo legal para el depósito de la CTS

Especialista en temas laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Melvin Fernández.

Especialista en temas laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Melvin Fernández.

13:00 | Lima, may. 14.

Mañana vence el plazo para que los empleadores cumplan con el depósito de la CTS para sus trabajadores. En este caso es necesario precisar que este depósito no se puede hacer por partes, de hacerlo el empleador se hará sujeto de una multa además del recálculo del monto a depositar a favor de sus trabajadores.

“El reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo señala que es un incumplimiento a la normativa laboral es no depositar íntegra y oportunamente la CTS”, explicó el especialista en temas laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Melvin Fernández. 

En el programa Andina al Día, del Canal Andina Online, explicó que esto quiere decir que la CTS no se puede depositar en partes, porque ya es considerada como una infracción laboral. Tampoco se puede depositar fuera de fecha porque también es considerada una infracción laboral.  

“Fuera de fecha lo podrá depositar, sí, pero considerando los intereses legales que también se establecen en cada entidad financiera”, explicó. 




Ello, además del pago de la multa correspondiente por no depositar la CTS íntegra y oportunamente. “Si ante una fiscalización laboral se ve incumplimiento la Sunafil iniciará un proceso inspectivo y sancionador”, dijo. 

Fernández comentó que hay incumplimientos pese a los constantes llamados a los empleadores para cumplir con este depósito en la fecha establecida. 

Comentó que la mayoría de esas empresas están ubicadas en Lima que concentra gran parte de la Población Económicamente Activa. “Pero también hay muchos casos en provincias”, añadió. 

“Hay varias denuncias por parte de los trabajadores afectados, ya sea porque no se cumple con el depósito en la fecha establecida o porque no se cumple depositándolo de manera completa”, comentó. 

Desnaturalización 


De otro lado, comentó que si bien se puede disponer del 100% de la CTS, hasta el cierre de este año, la idea es tener presente la razón de ser de este fondo.

 


"La naturaleza de la norma indica que la CTS sea un ahorro para cuando el trabajador ya no tenga un vínculo laboral vigente. Y en lo que le lleve encontrar otro puesto de trabajo esa CTS le sirve como respaldo económico temporal”, mencionó. 

De este modo, recomendó a las personas que van a retirar parte de la CTS que lo piensen bien y si es verdaderamente necesario utilizar este fondo. 


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(FIN) SDD/JJN


Publicado: 14/5/2026