El Poder Ejecutivo amplió hasta el 31 de marzo de 2022 el plazo que permite a los productos importados el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias en el marco de lo dispuesto por la Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes y su reglamento.
El Decreto Supremo Nº 018-2021-SA, que establece esta ampliación en el uso de octógonos de advertencia para productos altos en grasas saturadas, azúcar y sodio, “entra en vigencia a partir del 1 de julio de 2021”.
El plazo fijado en normas previas para el uso de adhesivos vencía hoy, 30 de junio.
El Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y del Ministerio de Salud (Minsa).
Asimismo, en los portales de los ministerios de Educación (Minedu), Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), de la Producción (Produce), de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).
Además, en el portal institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
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(FIN) CCH
Publicado: 30/6/2021