Andina

AFP: empresas que hayan incumplido con aportes podrán fraccionar deudas

Ministerio de Economía aprueba reglamento de ley que crea el régimen de reprogramación de aportes previsionales

ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

08:13 | Lima, jul. 5.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Reglamento de la Ley N° 31690, que crea el régimen de reprogramación de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones (SPP) para empresas del sector privado que no hayan cumplido con estos pagos a los trabajadores.

Mediante Decreto Supremo Nº 145-2023-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se emitió dicho reglamento que dicta las disposiciones para la implementación y funcionamiento del régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones para entidades del sector privado (Repro AFP-Privado).



Cabe indicar que la Ley Nº 31690 creó el régimen especial de reprogramación de aportes previsionales de las AFP para entidades del sector privado, devengados hasta el 31 de diciembre del 2022.

El acogimiento al Repro AFP-Privado es voluntario y permite que las entidades del sector privado puedan fraccionar sus deudas por incumplimiento de pago de aportes previsionales.

Hasta el 31 de diciembre del 2023


Las entidades del sector privado podrán solicitar la reprogramación de su deuda presentando su solicitud de acogimiento ante las AFP hasta el 31 de diciembre del 2023.




El reglamento señala que, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados a partir de la publicación del presente reglamento, el MEF debe proporcionar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) una relación con el detalle de las entidades públicas, a fin de que estas sean excluidas del ámbito del Repro AFP-Privado.

La SBS dicta los lineamientos sobre la información que debe contener el portal de AFPnet, a fin de que las AFP puedan poner a disposición de los empleadores, la información de la deuda por aportes previsionales generada en el Sistema Privado de Pensiones que puede ser materia de acogimiento al Repro AFP-Privado.


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(FIN) CNA/JJN

Publicado: 5/7/2023