El Poder Ejecutivo aprobó disposiciones excepcionales en el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje con el objetivo de asegurar la continuidad del sistema de identificación vehicular ante situaciones que afecten su normal funcionamiento, como el desabastecimiento de insumos, interrupciones en la cadena de suministro o escenarios de emergencia.
La medida fue oficializada mediante el
Decreto Supremo N.º 005-2026-MTC, publicado hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, y permite al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) adoptar especificaciones técnicas excepcionales para la emisión de placas vehiculares, cuando exista imposibilidad material para su entrega en las condiciones habituales.
De acuerdo con la norma, estas disposiciones serán aprobadas mediante resolución directoral por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC, o la unidad orgánica que haga sus veces, y deberán ser implementadas por la entidad concesionaria del sistema de placas u otras entidades con las que se suscriban convenios.
El decreto incorpora la Décima Disposición Complementaria Final al Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-2008-MTC, estableciendo que las medidas excepcionales deberán cumplir, como mínimo, tres condiciones: no generar costos adicionales para los usuarios, garantizar condiciones de seguridad que permitan la identificación del vehículo y tener una vigencia limitada al periodo estrictamente necesario para superar las circunstancias que las motivaron.
El Ejecutivo precisó que esta modificación normativa no requiere un Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, al encontrarse dentro de los supuestos de excepción previstos en la normativa de mejora de la calidad regulatoria, y no implicar la creación ni modificación de procedimientos administrativos.
La norma lleva la firma del presidente de la República, José Enrique Jerí Oré, y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Aldo Martín Prieto Barrera.
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(FIN) ICI