Ejecutivo fija reglas contra llamadas ilícitas y por derechos de autor en Internet

Decretos legislativos establecen obligaciones en el sector de telecomunicaciones y servicios digitales

ANDINA/Juan Carlos Guzmán

ANDINA/Juan Carlos Guzmán

09:00 | Lima, feb. 7.

El Poder Ejecutivo aprobó dos decretos legislativos que buscan frenar llamadas y mensajes ilícitos, así como regular la responsabilidad de los proveedores de Internet frente a contenidos protegidos por derechos de autor.


Llamadas y mensajes con fines ilícitos

El Decreto Legislativo N° 1723 establece reglas para el uso adecuado de la numeración telefónica y la trazabilidad de llamadas y mensajes de texto, con el objetivo de evitar el anonimato y las comunicaciones ilícitas que afectan a los usuarios.

La norma está dirigida a las empresas operadoras de telecomunicaciones y a los agentes que intervienen en el enrutamiento de las comunicaciones. Estas deberán implementar medidas técnicas y tecnológicas para impedir llamadas y mensajes con fines ilícitos y permitir que los usuarios puedan advertir este tipo de comunicaciones.

Asimismo, las operadoras y agentes vinculados deberán facilitar el acceso al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para el monitoreo de redes y sistemas, respetando el secreto e inviolabilidad de las telecomunicaciones.

El MTC podrá fiscalizar y sancionar el incumplimiento de estas obligaciones, con infracciones leves, graves o muy graves, que pueden derivar en amonestaciones o multas, según el caso.

Proveedores de Internet

Por otro lado, el Decreto Legislativo N° 1724 modifica la Ley sobre el Derecho de Autor para incorporar un régimen de eximentes de responsabilidad para los proveedores de acceso a Internet y los proveedores de servicios digitales, como hosting o motores de búsqueda.

Estos proveedores no serán responsables por infracciones cometidas por sus usuarios si cumplen condiciones como no modificar contenidos y retirar material infractor de forma oportuna cuando sean notificados, sin obligación de monitorear activamente sus redes.

Además, se establece un procedimiento de "notificación y retirada", que permite retirar contenidos infractores en plazos breves y reconoce el derecho del usuario a presentar una contra notificación. La Dirección de Derecho de Autor del Indecopi será la autoridad competente.

Los proveedores de Internet tendrán 90 días calendario para adecuar sus sistemas a esta norma y se prevé la aprobación de un reglamento para definir criterios de sanción.

(FIN) ETA/JCC

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Publicado: 7/2/2026