El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32332, que implementa la plataforma Denuncia Digital para el registro de denuncias digitales por delitos contra el patrimonio.
Esta norma, aprobada por el Congreso de la República, tiene como objetivo establecer la plataforma denominada Denuncia Digital, la cual permitirá a los ciudadanos registrar denuncias por delitos contra el patrimonio de manera virtual, facilitando el inicio de los actos de investigación correspondientes sin necesidad de acudir presencialmente a una unidad policial.
La plataforma estará a cargo de la Policía Nacional del Perú (PNP) y permitirá el registro de denuncias digitales por delitos contra el patrimonio para dar inicio a las investigaciones pertinentes.
La verificación de la identidad digital del denunciante se realizará a través de la Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Perú).
Para la implementación de la plataforma Denuncia Digital, será necesaria la interoperabilidad con las siguientes entidades públicas:
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec): facilitará el acceso a la Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Perú) a la PNP, con el fin de validar la identidad de los ciudadanos que presenten denuncias digitales.
Superintendencia Nacional de Migraciones: brindará acceso al Registro de Información Migratoria (RIM) para identificar tanto a ciudadanos peruanos como extranjeros, incluyendo sus movimientos migratorios.
Además, la plataforma proporcionará información al Ministerio Público sobre las denuncias presentadas, previa coordinación con la PNP y dentro de sus competencias. Asimismo, podrá utilizar la información almacenada o generada por otras entidades de la administración pública.
La PNP garantizará que toda entrega de información cumpla con los procesos de seguridad y confidencialidad establecidos en la normativa vigente.
La plataforma permitirá registrar los requisitos formales establecidos en el numeral 1 del artículo 328° del Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N° 957), así como el lugar de ocurrencia de los hechos o el domicilio del denunciante, según corresponda, para derivar la denuncia a la unidad policial competente.
El trámite de la denuncia digital seguirá el procedimiento establecido en el Nuevo Código Procesal Penal.
De acuerdo con la ley, la PNP cuenta con un plazo máximo de 180 días calendario, contados desde la entrada en vigor de la norma, para implementar y poner en funcionamiento la plataforma Denuncia Digital.
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Publicado: 13/5/2025