Andina

Vacancia puede tener contenido político, pero no estar al margen de la Constitución

Señaló abogado Roberto Pereira

Foto: ANDINA/difusión.

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13:36 | Lima, set. 19.

Roberto Pereira, abogado del presidente Martín Vizcarra en el proceso de vacancia, sostuvo que una decisión como interrumpir el mandato presidencial puede tener un contenido político, pero no estar al margen de la Constitución.

“Más allá de que la decisión (la vacancia) tenga un alto contenido político, esta no puede hacerse al margen de la Constitución y mucho menos en contra de la Constitución”, señaló en declaraciones a RPP

Por ese motivo, indicó, su defensa del Jefe del Estado ante el Congreso tuvo como propósito aportar elementos y razones de naturaleza constitucional y penal. 

“La idea era advertir a los congresistas que continuar con un proceso de vacancia o tomar finalmente la decisión de vacar al Presidente de la República iba a generar un problema constitucional muy serio al país”, refirió.


Advirtió que el conflicto podría haber escalado hasta tribunales internacionales; por lo cual enfatizó que su defensa se centró en razones de orden constitucional, a fin de que el Congreso tomara la mejor decisión. 

Mencionó que la moción que planteaba la vacancia presidencial calificaba algunos hechos de delictivos, los cuales no habían sido corroborados, tenían un nivel de certeza precario y estaban en un estado embrionario.

“Esa es la perspectiva que he planteado: si con ese material endeble, preliminar, un material que genera dudas, que todos los días cambia, que es incierto, que no hay certeza de la fiabilidad de su origen, un Congreso de la República responsable puede decidir la vacancia de un Presidente. Creo que ese es el tema de fondo”, señaló. 

Por ello, Pereira sostuvo que la demanda competencial que interpuso el Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional es muy importante, a fin de que esta instancia defina con exactitud a qué se refiere el término incapacidad moral permanente, porque la ambigüedad es bastante alta.

“El tribunal tendrá que acotar qué significa incapacidad moral permanente en este contexto, en el contexto en el que la Constitución ya ha evolucionado, el país ha evolucionado, sus instituciones ya han evolucionado. Tiene que fijar esos criterios”, aseveró. 


(FIN) RMCH/VVS 
GRM

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Publicado: 19/9/2020