Andina

Trujillo: presentan pedido de suspensión de alcalde Arturo Fernández tras sentencia

Sobre el burgomaestre pesa una condena de un año de pena privativa libertad suspendida por el delito de difamación

El alcalde provincial de Trujillo, Arturo Fernández, enfrenta un pedido de suspensión del cargo tras ser condenado a un 1 año de prisión suspendida por la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de La Libertad. ANDINA/Difusión

El alcalde provincial de Trujillo, Arturo Fernández, enfrenta un pedido de suspensión del cargo tras ser condenado a un 1 año de prisión suspendida por la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de La Libertad. ANDINA/Difusión

04:00 | Trujillo, jun. 22.

El abogado Andree Farek Gallo Lezama presentó hoy al Concejo Provincial de Trujillo una solicitud de suspensión contra el alcalde César Arturo Fernández Bazán, luego que el martes 20 de junio la Segunda Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad confirmara la sentencia a un año de pena privativa de la libertad contra el burgomaestre.

La sentencia, dictada por la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de La Libertad, halló responsable a Fernández Bazán por el delito de difamación agravada en perjuicio de la teniente de la Policía Nacional del Perú (PNP), Nataly Rojas Rojas.


El también exregidor de la Municipalidad Provincial de Trujillo por el partido Alianza Para el Progreso (APP) indica que la sentencia se enmarca en la causal de suspensión establecida en el inciso 5) del artículo 25 de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, y como consecuencia pide que se dé trámite a dicha solicitud.

Asimismo, ha pedido como pretensión administrativa accesoria se declare la suspensión de la autoridad edil y se disponga su reemplazo por el primer regidor hábil que integra su lista electoral.

En este caso el primer regidor hábil sería Mario Colberth Reyna Rodríguez, quien ha sido acusado en más de una oportunidad por Arturo Fernández como traidor y de confabular con Alianza Para El Progreso para sacarlo del cargo para que asuma él.

Procedimiento


El artículo 23° de la Ley N° 27972, de aplicación supletoria a los procedimientos de suspensión, establece que la vacancia o suspensión del cargo de alcalde o regidor es declarada por el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, luego de tomar conocimiento de los hechos que originaron la respectiva causa y de comunicarse a la autoridad cuestionada para que ejerza su derecho de defensa.

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en su Resolución N° 4196-JNE de fecha 22 de diciembre de 2022, ha señalado en su considerando 2.4. que, tratándose de pedidos de suspensión o vacancia de alcalde o regidores, basados en causas netamente objetivas, como la de sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, “(…) es menester considerar que la demora innecesaria en la declaración de vacancia o suspensión puede alterar las actividades propias de la administración municipal, pues su comprobación está supeditada únicamente al pronunciamiento de la entidad competente, que demuestre el hecho constitutivo de la causa”.


Asimismo, en dicha resolución, en su considerando 2.5. señala que “En tal sentido, a juicio de este órgano electoral, resulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal, y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de suspensión en virtud de una causa objetiva, como las antes descritas, se tenga que esperar indefinidamente la remisión de la documentación del procedimiento seguido en instancia municipal, entre ellos, un pronunciamiento sobre el fondo del asunto

Pide exclusión de Reyna


Por otro lado, ayer martes el sentenciado alcalde de Trujillo, Arturo Fernández Bazán, solicitó al Jurado Nacional de Elecciones la exclusión como regidor a Mario Colberth Reyna Rodríguez por haber mentido en su hoja de vida cuando era candidato.

Según Fernández, cuando Reyna Rodríguez postuló en el 2022 en su lista por el partido Somos Perú, solo declaró que tenía bienes por un valor de 12,000 soles; sin embargo, en su declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, el actual concejal afirma que tiene bienes por un valor de 10 millones 036, 070 soles, lo que él considera un engaño.

“Al ver que, ni los regidores, ni la fiscalía o la instancia pertinente no realizan ninguna investigación, me dirijo a su despacho solicitando (su exclusión del cargo)”, se lee en el documento.

En tanto, ayer por la noche también circuló un audio con la voz del alcalde de Trujillo, Arturo Fernández, dirigiéndose a los taxistas de la ciudad, donde les aseguraba que nadie lo iba a sacar de la comuna provincial y les prometía trabajar hasta el último día de su gestión y dejar todas calles de la ciudad sin huecos.

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(FIN) LPZ/MAO
JRA

Publicado: 22/6/2023