Tratado de Alta Mar permitirá a Perú reforzar su protección a los recursos marinos

Documento está vinculado a alcances de la Convemar, afirma investigadora española Ángeles Jiménez

ANDINA/Difusión

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09:49 | Lima, may. 14.

Dada su posición en la zona sur del Pacífico, Perú cumple un papel de protección del mar y de la biodiversidad que este alberga, pudiendo reforzar ese rol a través de la suscripción de un instrumento como el Acuerdo sobre la Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad Marina más allá de las Jurisdicciones Nacionales, señaló la investigadora española Ángeles Jiménez.

“Es un país con una costa amplísima, con vocación marítima, por la que, al final, tiene que jugar un rol defensa de los océanos”, refirió la también docente de la Universidad de Cádiz, en diálogo con la Agencia Andina.

Asumir compromisos como los que contiene el también llamado Tratado de Alta Mar (Acuerdo BBNJ, de acuerdo a sus siglas en inglés), promovido por la Organización de las Naciones Unidas, generará obligaciones, pero estas, finalmente redundarán en beneficios, dijo. Estos incluyen “afianzar la posición estratégica en el Pacífico y en la región”, sostuvo.


Jiménez consideró que, al ser ya Perú una potencia pesquera, el papel que, de acuerdo al Tratado de Alta Mar le correspondería afianzar, será “el de la protección de la biodiversidad”. En ese sentido, resaltó que dicho instrumento “va más allá de lo que son los recursos vivos” pues comprende “la protección de la biodiversidad en su conjunto”.

El referido tratado deriva de los términos establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), instrumento que el Perú no ha suscrito hasta la fecha. 

Encuentro en Lima

Esta semana, Lima fue escenario de un encuentro en el que Jiménez, así como representantes de diferentes países y del gobierno peruano, analizaron aspectos referidos a la protección a la biodiversidad marina.


En ese sentido, la investigadora española, recalcó que el Tratado de Alta Mar permitirá establecer zonas de protección que trasciendan la extensión de las 200 millas marítimas de cada país. En tal sentido, la zona de jurisdicción de los estados parte de dicho instrumento podría extenderse hasta las 350 millas, indicó.

“Esa ampliación de plataforma está basada en datos geológicos; en la realidad geofísica de esa prolongación natural del estado”, explicó. En el caso del Perú, ello se daría demostrando que la (cordillera submarina o) dorsal de Nazca se extiende más allá de las 200 millas, estimó.


Argumentó, además, que muchas especies marítimas viven tanto dentro de las 200 millas como en la zona inmediatamente cercana a estas. “Entonces, es muy injusto que esa protección se brinde a hasta la milla 200 y después no exista”, sostuvo.

En ese sentido, recalcó que los estados no solo deben proteger la pesca, sino también “el medio marino, la biodiversidad y la riqueza de los océanos. “Esos ecosistemas que se generan van mucho más allá de la pesca”, estimó, mencionando entre ellos, como ejemplo, los recursos genéticos marinos; información que -dijo- puede ser utilizada por diversos tipos de industrias.


Detalles del tratado

El Acuerdo BBNJ fue adoptado en junio de 2023 e introduce aspectos sobre la protección a la biodiversidad marina que -como el del material genético- no fueron contemplados en la Convemar, al ser esta última un instrumento elaborado entre las décadas de 1970 y 1980. 

En tal sentido, en el documento se propugna el establecimiento de “corredores ecológicos” destinados a ahondar en la protección de la biodiversidad “con fines ecológicos y de protección del medio ambiente”, indicó Jiménez.


En este Acuerdo también se estipulan obligaciones referidas a transferencia de tecnología y capacitación, teniendo en cuenta que hay estados que no cuentan con esos elementos plenamente desarrollados, en relación a otros estados.

Asimismo, se establece la obligación de realizar análisis y evaluaciones de impacto ambiental para las actividades que se realizan en la jurisdicción marítima correspondiente, señaló Jiménez.

(FIN) FGM/MAO

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Publicado: 14/5/2025