Es posible acceder a la devolución de los recursos del Fonavi pese al fallecimiento del titular, sin embargo, hay que respetar el orden de prelación existente para su cobro, señaló el jefe de la sub unidad de orientación y registro de la secretaría técnica de la Comisión Ad-Hoc del Fonavi, Eduardo Gaytán.
Indicó que lo primero que tiene que hacer el heredero de un titular fonavista fallecido es ir a la página web del Fonavi y verificar si la persona figura como beneficiaria de la devolución en algunas de las listas publicadas y luego acudir al Banco de la Nación.
“En el banco se deberá llenar una declaración jurada, proporcionada por el propio banco, con los datos de los beneficiarios”, explicó.
Orden de prelación
Eduardo Gaytán refirió que para esta devolución existe un orden de prelación, primero está el viudo o viuda, luego los hijos, los padres del fonavista fallecido, los hermanos, entre otros.
Requisitos
Asimismo, refirió que en el Banco de la Nación se requerirá un acta de defunción del fonavista fallecido, así como partida o acta de matrimonio en el caso del viudo o viuda, partida de nacimiento en el caso de los hijos y los padres, entre otros.
El representante de la Comisión Ad-Hoc del Fonavi refirió que hasta la fecha existen 19 listas de pago del Fonavi y cuatro listas de reintegro.
Fonavi 2025: verifica en este link si eres beneficiario del cuarto grupo de reintegro
Más en Andina:
(FIN) JJN/JJN
JRA
Publicado: 30/9/2025