El proyecto de sentencia del Tribunal Constitucional 0006-2020-PI/TC declara fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la ley que suspende el cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y local concesionada, durante el estado de emergencia nacional por el brote del covid-19.
El magistrado Augusto Ferrero Costa es el ponente del proyecto de sentencia, el cual será puesto a deliberación por el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) este martes 25 de agosto.
El documento establece, como interpretación constitucional de obligatoria aplicación, que las sesiones virtuales que realice el Congreso de la República serán conformes con la Constitución siempre y cuando se interpreten los artículos 51-A, 27-A y demás relacionados con las sesiones, deliberaciones y votaciones comprendidas en los procedimientos parlamentarios del Reglamento del Congreso.
De este modo, se buscará que se garantice: 1) El carácter público, abierto y transparente de los debates virtuales; y 2) La participación sin restricciones; la libre deliberación; y el voto personal, directo y público de cada congresista.
Igualmente, la ponencia concluye que la Ley 31018 vulnera el artículo 62 de la Constitución, porque viola la libertad de contratar, al suspender el contenido contractual pactado por las partes relativo al cobro de peajes. Además, afectaría la continuidad de los servicios vinculados al mantenimiento y desarrollo de la infraestructura vial, en perjuicio de los usuarios del servicio.
Deliberación pública
La ponencia del vicepresidente del Tribunal Constitucional Augusto Ferrero Costa sobre la ley que suspende el cobro de peajes será sometida a deliberación pública a las 10.oo horas y será transmitida por las plataformas informativas del TC.
Esta es la tercera experiencia en la cual el TC levanta la reserva de las deliberaciones y la primera que se realiza de manera remota y durante el estado de emergencia por la pandemia del covid-19.
Las anteriores deliberaciones fueron: la demanda competencial por la disolución del Congreso de la República y sobre la demanda de inconstitucionalidad contra las corridas de toros, pelea de toros y pelea de gallos. En ambos casos fueron presenciales.
(FIN) RMCH
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Publicado: 23/8/2020