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Claves para entender demanda de inconstitucionalidad de ley que suspende cobro de peajes

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui

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09:42 | Lima, jun. 14.

El Tribunal Constitucional (TC) admitió esta semana la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la ley, que suspende el cobro de peajes durante el estado de emergencia nacional, aprobada por insistencia por el Congreso de la República.

¿Pero cuáles son las claves para entender este nuevo proceso que verá el máximo organismo constitucional del país?, aquí te presentamos algunas:

La propuesta

La bancada de Somos Perú, a través de su vocero Rennan Espinoza, presentó el proyecto de Ley 4985/2020 para suspender el cobro de peajes en la Red Vial Nacional departamental y local concesionada, durante el estado de emergencia nacional declarado a causa del brote del covid-19.

Según la iniciativa, esta suspensión, de carácter excepcional, tenía la finalidad de evitar el contacto y propagación de esta enfermedad, protegiendo, de esta manera a los empleados de las garitas de todos los peajes.

Aprobación 

El pleno del Congreso, en su sesión virtual del pasado 3 de abril, aprobó esta noma con 99 votos a favor y 9 abstenciones, dejando sin efecto los cobros realizados por este servicio.

Durante el debate, se dejó en claro que esta suspensión “no causaría ni generaría derecho compensatorio”, tal como finalmente aparece en el artículo único de la norma.

Observación 
  
Tras su aprobación, la autógrafa de la referida ley fue emitida al Poder Ejecutivo, que finalmente el 29 de abril de este año la observó y comunicó esta decisión a través de un oficio dirigido al presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama.

Entre las razones esgrimidas para su observación se indica que esta norma, al modificar un contrato de concesión mediante una disposición legal, podría generar contingencias para el Estado y podrían activarse mecanismos de solución de controversias que podrían devenir en un arbitraje.

Insistencia 

El 7 de mayo, en una nueva sesión del pleno virtual del Congreso, este aprobó por insistencia la autógrafa y la convirtió en la Ley 31018 por 102 votos a favor, uno en contra y 25 abstenciones.

Dos días después, el 9 de mayo, el Parlamento publicó en el Diario Oficial El Peruano esta norma, determinando de esta manera la suspensión excepcional del pago de los peajes mientras dure el estado de emergencia nacional.

Demanda 

El 3 de junio de este año, el Poder Ejecutivo, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31018.

Según la demanda se sustenta en la vulneración del artículo 62 de la Constitución, que prohíbe que las cláusulas de los contratos sean modificadas mediante leyes, así como el artículo 58, pues resulta contraria a las políticas diseñadas por el Estado peruano para promover el desarrollo del país en el ámbito de infraestructura vial.

Admisión

Finalmente, el 9 de junio pasado, el pleno virtual del Tribunal Constitucional (TC) admitió de forma unánime la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo y designó como magistrado ponente a Augusto Ferrero Costa.

El siguiente paso es la notificación de esta decisión ante el Congreso, que, desde dicho momento, tendrá 30 días hábiles para contestar la demanda; luego se señalará un día para efectuar un informe oral donde se escuchará a ambas partes, luego de lo cual el TC resolverá y emitirá una decisión de fondo en relación a la demanda.

(FIN) JCC/CVC
JRA

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Publicado: 14/6/2020