La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) presentó el proyecto de Reglamento de Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para la educación semipresencial y a distancia, una propuesta normativa que busca elevar los estándares académicos y garantizar que estas modalidades ofrezcan la misma exigencia y soporte que la formación presencial.
El documento, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N.° 056-2025-SUNEDU, establece seis condiciones básicas de calidad que las universidades deberán cumplir para ofrecer programas con componentes no presenciales.
La iniciativa será sometida a consulta pública hasta el 17 de diciembre, e invita a la comunidad universitaria y ciudadanía a remitir comentarios y aportes.
Seis ejes para asegurar calidad en la educación no presencial
El proyecto de reglamento organiza sus exigencias en seis áreas:
1. Propuesta formativa y normativa. Las universidades deberán contar con un marco normativo claro y un modelo pedagógico específico para modalidades semipresenciales y a distancia.
2. Oferta académica y diseño curricular. Exige justificar la pertinencia de cada programa y asegurar planes de estudio coherentes con el perfil del egresado.
3. Capacitación docente y apoyo especializado. Obliga a seleccionar, evaluar y capacitar adecuadamente al cuerpo docente, además de proveer soporte técnico permanente.
4. Servicios complementarios, investigación formativa y soporte académico–administrativo. Garantiza tutorías, bibliotecas virtuales, actividades de investigación formativa y servicios administrativos eficientes.
5. Infraestructura tecnológica y física. Requiere plataformas virtuales robustas, recursos tecnológicos de calidad y, cuando sea necesario, laboratorios y talleres en óptimas condiciones.
6. Estrategias de seguimiento y acompañamiento. Incluye mecanismos para monitorear el desempeño estudiantil, recopilar información sobre egresados y mantener una comunicación fluida con la comunidad universitaria.
El proyecto también incorpora una lista abierta de componentes presenciales, como prácticas o actividades de laboratorio, que las universidades pueden incluir según su autonomía y siempre cumpliendo con estándares de calidad.
Supervisión y periodo de adecuación
La Sunedu verificará el cumplimiento de estas condiciones mediante control posterior, a través de supervisiones periódicas. Además, se establece un plazo de adecuación de un año desde la entrada en vigencia del reglamento, para que las universidades ajusten su oferta y procesos internos.
Los aportes y comentarios sobre el proyecto de reglamento deberán ser remitidos al correo electrónico
notificaciones-dirtensu@sunedu.gob.pe o mediante el formulario virtual disponible en
https://forms.office.com/r/WuYt1fD8Qg.
Las observaciones serán evaluadas para definir posibles ajustes al texto final de la norma.
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Publicado: 3/12/2025