Gracias a la intervención de la Defensoría del Pueblo, el Seguro Integral de Salud (SIS) dejó sin efecto la obligación de presentar una declaración de herederos o una sucesión intestada para hacer efectivo el reembolso por gastos de sepelio de los asegurados fallecidos.
Con ello, el SIS simplificó el trámite administrativo para el cobro de la Prestación Económica de Sepelio (PES) señalada en su Directiva Administrativa y que implicaba un trámite notarial y/o judicial, lo cual hacía que este procedimiento resulte más oneroso que el mismo beneficio.
Mediante un oficio dirigido a la jefa SIS, Doris Marcela Lituma, la Defensoría manifestó que la exigencia a los familiares de los asegurados demandaba un excesivo tiempo y un alto costo, lo que no se condice con la misión del SIS de asegurar en salud a la población pobre, en pobreza extrema y con limitada capacidad de pago.
Esta modificatoria de la directiva, aparte de dejar sin efecto estas exigencias, ha ampliado, de manera excepcional, a dos meses el plazo establecido para la presentación de la solicitud de reembolso para los casos en los cuales no habría sido posible acceder a este beneficio por no cumplir con la declaración de herederos o sucesión intestada.
La Defensoría del Pueblo indicó que continuará vigilante de los procedimientos que puedan afectar el pleno ejercicio y disfrute de los derechos de las personas.
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(FIN) NDP/RRC