El Congreso de la República promulgó la Ley N.° 32679, norma que modifica diversas disposiciones de las leyes 32486, 32509, 32521, 32522 y 32557 con el objetivo de garantizar la implementación efectiva de nuevas escalas remunerativas y beneficios económicos en distintas entidades del Estado durante el Año Fiscal 2026.
La ley introduce cambios específicos en las normas que aprobaron mejoras salariales para trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728 en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), el Poder Judicial, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI).
La norma exceptúa a estas entidades de las restricciones contenidas en los artículos 6 y 9 de la Ley 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.
De esta manera, se elimina un obstáculo presupuestario que podía dificultar la aplicación de las nuevas escalas remunerativas previamente autorizadas por ley.
En el caso de COFOPRI, además de la exoneración de las limitaciones presupuestarias, se autoriza al pliego institucional a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático durante el ejercicio fiscal 2026, con el fin de facilitar la ejecución de los incrementos remunerativos aprobados.
Asimismo, la Ley 32679 modifica la Ley 32557 referida al Incentivo Único–CAFAE para el personal de la Biblioteca Nacional del Perú comprendido en el régimen del Decreto Legislativo 276.
La norma faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a aprobar, mediante resolución directoral, el monto y la escala de dicho incentivo durante 2026 y exonera a la entidad de determinadas restricciones presupuestarias y de transferencias al CAFAE.
(FIN) DOP/RMCH
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Publicado: 1/7/2026